¿Qué tienes que saber?
Son subvenciones para la intensificación de profesionales en ciencias de la salud de acuerdo con las especialidades previstas en los apartados 1, 2, 3, y 5 del Anexo 1 del Real Decreto 183/2008.
El objetivo es facilitar la dedicación en investigación del personal:
- de los centros del SISCAT (Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña)
- de los servicios de salud pública.
Mediante la contratación o nombramiento de personas sustitutas que desarrollen las tareas clínico-asistenciales de las cuales se les libera, por un periodo de 36 meses.
Con esta actuación se potencia la masa crítica de profesionales asistenciales que hacen actividades de investigación para trasladar el conocimiento a los pacientes y para generar hipótesis de investigación desde la práctica asistencial.
Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni será válida a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre tienes que descargar la última versión.
Convocatoria 2025 (SLT042)
En fecha 15 de diciembre de 2025, se ha publicado en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya la Resolución por la cual se hace pública la Resolución del director general de Investigación|Búsqueda e Innovación en Salud por la cual se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de contratos para la intensificación de la actividad investigadora de profesionales en ciencias de la salud en el marco del Plan estratégico de investigación|búsqueda e innovación en salud 2022-2027 (Ref. BDNS 845420).
Organismo responsable
A las entidades siguientes, incluidas dentro del artículo 5.1 de las bases reguladoras, siempre que desarrollen su actividad de investigación en Cataluña:
- Las entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y con sede en Cataluña, que hayan obtenido el reconocimiento como centro CERCA del departamento competente en materia de investigación y estén, sometidas al régimen jurídico especial que determina la Ley 9/2022, del 21 de diciembre, de la ciencia.
- Las fundaciones que gestionen la actividad de investigación e innovación de dispositivos asistenciales, públicos y privados, que formen parte del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT).
Puedes presentar documentación relacionada con la subvención en cualquier momento de la tramitación, excepto si tienes que presentar documentos para los cuales se establezca un plazo de presentación específico.
Documentación que puedes aportar:
- Respuesta a requerimientos.
- Enmiendas o alegaciones.
- Recursos.
- Renuncias.
- Cualquier otra documentación que consideres.
Para comunicar modificaciones al proyecto o a las actuaciones subvencionadas, o para renunciar a la subvención, puedes presentar como adjunto el formulario de modificación de los proyectos.
No tienes que pagar ninguna tasa para este trámite.
La documentación para justificar la subvención se tiene que presentar desde Justificar la subvención y en el plazo que establezca la convocatoria.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar documentación
Plazos
Del 16/07/2025Este trámite sólo se puede hacer por internet. Hay que firmar el formulario principal con un certificado digital de representación o de persona jurídica.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo:
Puedes hacerlo:
- En el área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- En el estado de mis gestiones (con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Más información en Como acceder y hacer el seguimiento de mis trámites.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
No recibirás ninguna respuesta. El trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la documentación.
No recibirás ninguna respuesta. El trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la documentación.
Las notificaciones relativas a requerimientos, revocaciones y reajustes se hacen individualmente por medios telemáticos y puedes consultarlas en el Área privada.
Las resoluciones de inadmisión o declarativas de desistimiento, la propuesta de resolución provisional y la resolución final del procedimiento se notifican mediante la publicación al Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, que sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
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