¿Qué tienes que saber?
Son subvenciones para hacer pruebas de validación en proyectos innovadores del ámbito de la salud que se encuentren en las primeras etapas de desarrollo precompetitivo, a fin de que puedan avanzar en su aplicación práctica:
- Proyectos que requieren validación o desarrollo de la prueba de concepto.
- Proyectos que impulsan la transformación del sistema de salud y permiten mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.
Se establecen dos modalidades:
- Modalidad 1. Propuestas en el ámbito de la tecnología médica y/o la salud digital que, partiendo de un valor de TRL 4, tengan como objetivo alcanzar un valor de TRL 5 en TRL 7.
- Modalidad 2. Propuestas en el ámbito de la innovación en fármacos y las terapias avanzadas que, partiendo de un valor de TRL 4, tengan como objetivo alcanzar un valor de TRL 5 o TRL 6.
Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni será válida a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos. Puedes descargártelas desde esta misma ficha y siempre has de descargar la última versión.
Te puedes suscribir al servicio de avisos a través de tu Área Privada y te avisaremos cuando se abra una nueva convocatoria en el marco del Plan estratégico de investigación e innovación en salud (PERIS).
Convocatoria 2024 (SLT041)
En fecha de 3 de diciembre de 2025, se ha publicado la Resolución definitiva del director general de Investigación y Innovación en Salud por la cual se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de pruebas de validación para el período 2025-2027, en el marco del Plan estratégico de investigación e innovación en salud 2022-2027 (Ref. BDNS 841294).
Organismo responsable
A las entidades siguientes, incluidas dentro del artículo 5.1 de las bases reguladoras, siempre que lleven a cabo actividades de investigación translacional, clínicas o epidemiológicas:
- Las entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y con sede en Cataluña, que hayan obtenido el reconocimiento como centro CERCA del departamento competente en materia de investigación y estén, sometidas al régimen jurídico especial que determina la Ley 9/2022, del 21 de diciembre, de la ciencia.
- Los institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo que se ha establecido en el Real decreto 279/2016, de 24 de junio, y normas complementarias.
- Las fundaciones que gestionen la actividad de investigación e innovación de dispositivos asistenciales, públicos y privados, que formen parte del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT).
Puedes presentar documentación relacionada con la subvención en cualquier momento de la tramitación, excepto si tienes que presentar documentos para los cuales se establezca un plazo de presentación específico.
Documentación que se puede aportar:
- Respuesta a requerimientos.
- Enmiendas o alegaciones.
- Recursos.
- Renuncias.
- Cualquier otra documentación que consideres.
Para comunicar modificaciones al proyecto o a las actuaciones subvencionadas, la entidad beneficiaria puede presentar como adjunto el formulario de modificación del proyecto.
No tienes que pagar ninguna tasa para este trámite.
La documentación para justificar la subvención se tiene que presentar desde Justificar la subvención y en el plazo que establezca la convocatoria.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar documentación de la subvencion
Plazos
Del 26/06/2025Este trámite solo se puede hacer por internet. Hay que firmar el formulario principal con un certificado digital de representación o de persona jurídica.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- El área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- El estado de mis gestiones (con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Más información a Como acceder y hacer seguimiento de mis trámites.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
No recibirás ninguna respuesta, el trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la documentación.
No recibirás ninguna respuesta, el trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la documentación.
Las notificaciones relativas a requerimientos, revocaciones y reajustes se hacen individualmente por medios telemáticos y puedes consultarlas en el Área privada.
Las resoluciones de inadmisión o declarativas de desistimiento, la propuesta de resolución provisional y la resolución final del procedimiento se notifican mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, que sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
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