¿Qué tienes que saber?
Estas actuaciones no pueden ser sustitutivas de prestaciones asistenciales.
Se tienen que llevar a cabo en el territorio de Cataluña.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni será válida a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma página y es importante que utilices la última versión. Si presentas la solicitud con otros formularios se considerará no presentada.
Justificaciones de la convocatoria 2024 (acciones año 2025)
El plazo para presentar las justificaciones de las subvenciones del año 2024 es del 1 de enero de 2026 hasta el 2 de marzo de 2026.
Convocatoria para el 2025 (acciones año 2026)
En fecha 1 de diciembre de 2025, se ha publicado la Resolución SLT/4321/2025, de 17 de noviembre, por la cual se aprueban las convocatorias para el año 2026, para la concesión de subvenciones para la financiación a entidades privadas sin afán de lucro que desarrollen actuaciones en el ámbito de la salud.
Puedes presentar las solicitudes desde el 2 de diciembre hasta el 23 de diciembre a las 14:00 h.
Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de la web gencat.cat. Para recibir asistencia técnica llama al 012.
Para recibir asesoramiento sobre los aspectos relacionados con la gestión y justificación de la subvención, puedes contactar con el gestor del trámite enviando un correo a subvencions.salut@gencat.cat.
A entidades privadas sin ánimo de lucro que llevan a cabo actuaciones de fomento de la salud y apoyo a los pacientes y las familias.
Convocatoria 2025 (para acciones 2026)
El plazo para presentar la solicitud es del 2 de diciembre al 23 de diciembre de 2025 a las 14:00h.
Tienes que presentar un formulario de solicitud para cada proyecto. Si envías más de una solicitud para el mismo proyecto, solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada.
Documentación que tienes que presentar, junto con el formulario de solicitud:
- Memoria descriptiva del proyecto para el cual la subvención, que especifique claramente el área o las áreas de actuación (fomento de la salud y apoyo a los pacientes y las familias). Tienes que presentar una memoria para cada proyecto presentado.
- Presupuesto anual de funcionamiento de la entidad
Si necesitas reformular el proyecto, o bien aceptar la subvención o desistir, has de presentar el documento siguiente (adjuntándolo al formulario de aportación de documentación):
Aceptación, reformulación o desistimiento del importe otorgado
- Las actividades que constituyen el objeto social de la entidad tienen que incluir actuaciones que cumplan los requisitos de la subvención que se solicita.
- Haberse constituido como mínimo dos años antes de la fecha de publicación de la convocatoria. En el caso de federaciones o confederaciones, pueden ser de constitución más reciente, pero tienen que estar formadas por entidades con al menos dos años de antigüedad. Además, la entidad tiene que estar inscrita en el registro correspondiente.
- Disponer de los medios humanos y materiales necesarios y de la infraestructura adecuada para gestionar las actuaciones previstas en el proyecto o proyectos presentados.
- Si se tiene una plantilla igual o superior a cincuenta personas, se tiene que cumplir con la normativa vigente sobre ocupación de personas con discapacidad: artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, y el Real decreto 364/2005.
- Si se tiene una plantilla igual o superior a veinticinco personas, se tienen que establecer las medidas que se aplican para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de género, y para intervenir: artículo 29 de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- Cumplir la normativa de política lingüística que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
- No haber sido sancionada con resolución firme, durante los últimos tres años, por infracciones graves en materia de integración laboral de personas con discapacidad, o por infracciones muy graves en materia de relaciones laborales o de prevención de riesgos laborales.
Puedes consultar los detalles de este requisito en el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, y la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales. - Disponer de los medios humanos, económicos y materiales necesarios para la prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con la Ley 31/1995.
- Declarar la solicitud o la obtención otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad. Tiene que constar el detalle de los datos de la entidad concedente y el importe solicitado u obtenido.
- Las asociaciones o fundaciones tienen que tener adaptados los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, y estar al corriente de las obligaciones tributarias y cotizaciones en la Seguridad Social.
- Además, si se trata de una asociación, tiene que cumplir los requisitos de información sobre las retribuciones de los miembros del órgano de gobierno, tal como establece el artículo 322.16 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008.
- Las fundaciones tienen que presentar las cuentas anuales delante del protectorado, según el artículo 336.3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008.
- Tener la residencia fiscal en el territorio español. Si no la tiene, tendrá que presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes del país de residencia.
- Adecuar la actividad de la entidad al cumplimiento de los principios éticos y las reglas de conducta que se establecen en el anexo 2 de la Orden de bases reguladoras de esta subvención.
- Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual, siempre que la actividad subvencionada pueda generar derechos de autor.
- En proyectos o actuaciones que impliquen contacto habitual con menores, disponer o haber solicitado las certificaciones que acreditan que el personal no ha sido condenado con sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Eso incluye la agresión y el abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución y la explotación sexual y la corrupción de menores, como también el tráfico de seres humanos. En caso de cambios en el personal adscrito al proyecto, la entidad se compromete a hacer las comprobaciones necesarias.
- No tener sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales discriminatorias en razón de sexo o de género. Asimismo, respetar lo que establece la Ley 17/2015, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Si el importe del gasto subvencionable supera los umbrales establecidos para la contratación menor, hay que solicitar un mínimo de tres ofertas de diferentes proveedores antes de formalizar ningún contrato. Este requisito no se aplicará si en el mercado no hay un número suficiente de entidades que puedan realizar, prestar o suministrar la obra, servicio o bien, o si el gasto se ha efectuado antes de concederse la subvención, según el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, a general de subvenciones.
- Cumplir los requisitos de las bases generales, así como cualquier otra obligación legal o reglamentaria que los afecte.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- En el caso de asociaciones, las retribuciones de los y de las miembros del órgano de gobierno para ejercer funciones de dirección, gerencia u otros que no sean los ordinarios de gobierno, se tiene que adecuar a lo que dice el artículo 322.16 del Código Civil de Cataluña.
No has de pagar ninguna tasa para hacer este trámite.
Gastos subvencionables
Los gastos subvencionables, tanto directos como indirectos, son los descritos en la base 5 de las bases reguladoras.
Procedimiento para conceder las subvenciones y criterios de valoración
El procedimiento para conceder las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es decir, se evalúan y comparan todas las solicitudes para seleccionar las que mejor cumplan los criterios establecidos.
Criterios de valoración y puntuación
Consulta los criterios de valoración y puntuación con más detalle en la base 9 de las bases reguladoras.
a) Población i ámbito territorial de Cataluña: hasta 20 puntos
- Ámbito territorial: hasta 10 puntos
- Equidad territorial: Evitar la concentración en zonas urbanas y el despoblamiento rural.
- Transferencia territorial: Facilitar las innovaciones y buenas prácticas en otras áreas.
- Actividades supramunicipales: Proyectos que se desarrollen en varios municipios, especialmente en zonas de montaña o de interés especial para el objeto del proyecto.
- Equidad territorial: Evitar la concentración en zonas urbanas y el despoblamiento rural.
- Ámbito poblacional: hasta 10 puntos
- Impacto en la población:
- En términos cuantitativos: Número de beneficiarios directos e indirectas en relación con la población diana.
- En términos cualitativos: Considerar factores de desigualdades (nivel socioeconómico, nivel de estudios, origen, etc.) y de especial interés (grupos vulnerables, niños, etc.).
- Grupos vulnerables: Proyectos en zonas con índice socioeconómico bajo o que beneficien grupos vulnerables.
b) Complementariedad con los servicios públicos de salud: hasta 20 puntos
Se valora la actuación sobre las necesidades no recogidas en la cartera de servicios del SISCAT, o con oferta insuficiente o con dificultades en el acceso.
- Proyectos que desarrollen o implementen intervenciones en servicios existentes: 0 puntos.
- Proyectos que desarrollen o implementen intervenciones servicios existentes parcialmente: hasta 10 puntos.
- Proyectos que desarrollen o implementen intervenciones en servicios no incluidos en la cartera de servicios: hasta 20 puntos.
c) Viabilidad del proyecto: hasta 30 puntos
Capacitado para llevar a cabo el proyecto, de acuerdo con las condiciones y en los plazos explicitados a la memoria.
- Recursos humanos, materiales y económicos suficientes: hasta 10 puntos.
- Recursos humanos (hasta 5 puntos).
- Porcentaje superior al 25% de recursos propios y que haya financiación propia y ajena que no provenga del sistema público (hasta 5 puntos).
- Implementación: Experiencias de éxito en proyectos similares detallados a la memoria descriptiva (hasta 10 puntos).
- Definición clara: Objetivos concretos, sostenibilidad a medio y largo plazo, planificación e indicadores de seguimiento para evaluar los resultados (hasta 10 puntos).
d) Perspectiva de género e interseccionalidad: hasta 10 puntos
- Género: Adecuación de los objetivos a las necesidades específicas de mujeres, hombres y a la reducción de las desigualdades por género (hasta 5 puntos).
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Interseccionalidad: Si los objetivos, la población diana y el diseño incorpora los ejes de desigualdades relevantes en el proyecto (edad, identidad de género, orientación sexual, etc.) (hasta 5 puntos).
e) Adecuación al Plan de salud, al Plan interdepartamental e intersectorial de salud pública, y otros planes estratégicos del Departamento de Salud: hasta 20 puntos
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Coherencia con las estrategias, líneas, ejes, herramientas, acciones, etc. de los planes estratégicos (hasta 10 puntos).
- Desarrollo de estrategias innovadoras o ejecutadas parcialmente en los planes estratégicos (hasta 10 puntos).
Puntuación
- Puntuación mínima necesaria para obtener subvención: 61 puntos.
- La cantidad otorgada dependerá de la puntuación, el crédito disponible y el coste del proyecto.
Obligaciones de las entidades beneficiarias
Las entidades beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones establecidas en la base 17 de las bases reguladoras.
Información complementaria
Puedes consultar la sección de Ayudas y subvenciones en Cataluña, donde encontrarás información sobre la normativa específica, el acceso a los trámites por temática y datos sobre convocatorias y concesiones, entre otros.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar la subvención
Plazos
Del 02/12/2025 al 23/12/2025Este trámite sólo se puede hacer por internet. Hay que firmar el formulario principal con un certificado digital de representación o de persona jurídica.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- El Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- El Estado de mis gestiones (con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF).
- El teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Más información en Cómo acceder y hacer seguimiento de mis trámites.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Puedes enmendar la solicitud?Una vez acabado el plazo de presentación y revisadas las solicitudes, se publicará un requerimiento en el Tablón electrónico con los defectos enmendables. Puedes [...]
¿Puedes enmendar la solicitud?
Una vez acabado el plazo de presentación y revisadas las solicitudes, se publicará un requerimiento en el Tablón electrónico con los defectos enmendables. Puedes presentar enmiendas en el plazo de diez días hábiles desde la publicación del anuncio de requerimiento (se consideran días hábiles los días de la semana de lunes a viernes, ambos incluidos, exceptuando los festivos).
¿Puedes hacer alegaciones a la declaración de solicitudes desistidas e inadmitidas?
Una vez vencido el plazo para enmendar la solicitud, se publicará la resolución de declaración de solicitudes desistidas e inadmitidas. Puedes presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles, desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, mediante: Aportar documentación de la subvención
¿Cómo se publica la resolución provisional de concesión?
La comisión de valoración elaborará la propuesta de resolución provisional de concesión y la publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, que sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
La resolución provisional incluye la relación de las solicitudes admitidas con los proyectos subvencionados, el importe de las subvenciones y las subvenciones denegadas. Puedes presentar alegaciones o bien desistir de la solicitud de subvención en el plazo de 10 días hábiles.¿Puedes presentar recurso a la resolución provisional?
Contra esta resolución provisional no se puede presentar recurso.
¿Cómo puedes aceptar, reformular o desistir de la subvención?Para aceptar, reformular o desistir del proyecto, utiliza este formulario y preséntalo a través del apartado Aportar documentación de la subvención.
Si el importe propuesto es inferior al solicitado, tendrás que presentar la aceptación de la subvención o la reformulación del proyecto.
Importante: el importe del proyecto reformulado tiene que ser como mínimo el 75% del proyecto presentado inicialmente, ya que la reducción máxima aceptada es del 25%.
¿Cómo tienes que presentar documentos?Puedes presentar cualquier documento a través del apartado Aportar documentación de la subvención dentro del plazo de diez días hábiles.
¿Cómo se comunican las revocaciones y los reajustes?Las notificaciones relativas a revocaciones y reajustes se harán individualmente mediante medios telemáticos, y podréis consultarlas en el área privada.
Publicidad de las subvencionesEl Departamento de Salud tiene que dar publicidad de las subvenciones otorgadas y puede hacer público el contenido de las actuaciones y proyectos financiados con estas subvenciones.
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4
Cuarto paso
Resolución definitiva de concesión y anticipo
¿Cuándo se publica la resolución definitiva de concesión o denegación?Se publicará en un plazo máximo de seis meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. Si no se [...]
¿Cuándo se publica la resolución definitiva de concesión o denegación?
Se publicará en un plazo máximo de seis meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. Si no se ha dictado ni notificado la resolución en este plazo, las personas interesadas pueden considerar sus solicitudes desestimadas.
¿Cómo sabrás el importe otorgado?
En la resolución de otorgamiento de las subvenciones, se indicará el importe total otorgado a la entidad beneficiaria, así como el proyecto o proyectos subvencionados, el importe del proyecto y la puntuación total obtenida. La convocatoria puede establecer que se presente un solo proyecto o más de un proyecto para cada solicitud.
¿Dónde se publica la resolución definitiva?
Las entidades solicitantes pueden consultar la resolución definitiva de concesión de las subvenciones en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
¿Qué anticipo se cobra?
Una vez formalizada la resolución de concesión de la subvención, se pagará un adelanto|anticipo que corresponde a un porcentaje del importe total concedido. Este porcentaje se establece a la convocatoria y no puede superar el 80%. Consulta la información detallada al paso 7, Pago.
¿Se puede interponer recurso?
La resolución de concesión o denegación de la subvención no agota la vía administrativa. Puedes interponer recurso de alzada ante|delante del consejero o consejera de Salud en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación en el Tablón electrónico de la Generalitat de Cataluña.
Puedes presentar cualquier documento relacionado con la subvención a través del apartado Aportar documentación de la subvención. -
5
Quinto paso
Realizar las actuaciones o el proyecto subvencionado
La entidad beneficiaria tiene que llevar a cabo las acciones para las cuales se le ha concedido la subvención.
La entidad beneficiaria tiene que llevar a cabo las acciones para las cuales se le ha concedido la subvención.
¿Qué plazo tienes?
El plazo para hacer las actuaciones o el proyecto subvencionado se indica a la convocatoria o a la resolución de concesión.
No realizar las acciones subvencionadas en el plazo indicado puede comportar la pérdida de la subvención, así como las sanciones que establece la ley.
¿Puedes renunciar a la subvención?
Sí. Para hacerlo tienes que presentar la renuncia con el formulario de aportación, escogiendo la opción “Renuncias” en el apartado “Tipo de documento que se aporta del formulario”.
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Sexto paso
Justificar la realización del proyecto
Las entidades beneficiarias deben justificar el cumplimiento del objeto de la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
Las entidades beneficiarias deben justificar el cumplimiento del objeto de la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
El plazo para presentar la documentación de justificación de la subvención varía en función de la convocatoria.
La justificación se tramita desde Justificar la subvención, donde encontrarás la información sobre los plazos, cómo cumplimentar el formulario de justificación y cuáles son los documentos que hay que adjuntar.
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7
Séptimo paso
Pago
¿Cómo se realiza el pago?
¿Cómo se realiza el pago?
El pago del importe restante se hará una vez la actuación subvencionada haya sido completada y debidamente justificada.
Antes de cada pago, el Departamento de Salud verificará de oficio que la entidad beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.