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  • Subvenciones para proyectos que articulen los sectores culturales profesionales
  • Justificar la subvención
23586 - Subvencions per als projectes en llengua catalana o occitana que articulin els sectors professionals en els àmbits de les arts escèniques, la música i les arts visuals Departament de Cultura accio
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Subvenciones para proyectos que articulen los sectores culturales profesionales

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Normativa

  • Convocatoria

    Resolución CLT/2804/2026, de 29 de julio, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales (ref. BDNS 922980)

  • Convocatoria

    Resolución CLT/4721/2025, de 11 de diciembre, de convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales (ref. BDNS 875971)

  • Texto refundido de las bases específicas

  • Cuarta modificación de las bases específicas

    Resolución CLT/4583/2025, de 5 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de cuarta modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales

  • Tercera modificación de las bases específicas

    Resolución CLT/633/2025, de 27 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales

  • Segunda modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/2852/2024, de 31 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de segunda modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

  • Modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/633/2024, de 29 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

  • Bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/2777/2023, de 26 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para los proyectos en lengua catalana u occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales.

  • Texto refundido de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

     

     

  • Tercera modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

    RESOLUCIÓN CLT/219/2024, de 30 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de tercera modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales

    RESOLUCIÓN CLT/670/2023, de 28 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales

    RESOLUCIÓN CLT/187/2021, de 28 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales

    RESOLUCIÓN CLT/3142/2020, de 1 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, por el que se aprueban las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Subvencions a projectes que articulin sectors culturals professionals

Subvenciones para proyectos en lengua catalana o occitana que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas

El objeto de estas ayudas son los proyectos que tienen como finalidad la mejora y el impulso de los sectores culturales de las artes escénicas (circo, danza y teatro), la música y las artes visuales de Cataluña.

Esta línea de subvenciones se articula en las modalidades que constan en el anexo 2, dentro de los siguientes ámbitos:
a) Artes visuales.
b) Teatro.
c) Circo.
d) Danza.
e) Música.

La modalidadde subvenciones que se convoca:

Subvencions pels projectes que tenen com a finalitat la millora i impuls dels sectors culturals de les arts escèniques (circ, dansa i teatre), la música i les arts visuals de Catalunya.

Aquesta línia de subvencions s'articula en les modalitats que consten en l'annex 2 de les bases específiques, dins dels àmbits següents:

a) Arts Visuals. b) Teatre. c) Circ. d) Dansa. e) Música.

La modalitat que es convoca és:

De l'àmbit de les arts visuals:

Modalitat 1.4: definició, conceptualització i execució de programes d'internacionalització de les arts visuals amb l'objectiu de donar a conèixer i incentivar la presència de la creació contemporània en arts visuals de Catalunya a l'estranger. El programa s'ha de centrar en la cooperació entre agents de la crítica, la curadoria i la programació del sector de les arts visuals i la creació contemporània de Catalunya i els agents equivalents de contextos d'altres països per atraure programadors/es internacionals a Catalunya que contribueixin a crear vincles nous amb els principals agents europeus del sector. La proposta ha d'incloure la visita de professionals de Catalunya a l'estranger i l'acollida de professionals internacionals a Catalunya, per tal de generar oportunitats de programació i visibilitat de les arts visuals en contextos internacionals, facilitar la relació entre els agents del sector de les arts visuals de Catalunya i els d'àmbit europeu i promoure activitats en règim d'intercanvi amb vocació de continuïtat.

Període subvencionable: de l’1 d’octubre de 2026 al 30 de setembre de 2027

El periodo para presentar solicitudes de la convocatòria es del 25 de agosto a 4 de septiembre de 2026, ambos inclusive.

 

 

El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:

  • Para consultas sobre el contenido: 93 001 52 62  
  • Para consultas de la tramitación de la subvención: 93 567 35 59
  • Para consultas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Cultura
  • Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC)
¿A quién va dirigido?
Entidades

Pueden optar a estas subvenciones las asociaciones profesionales altamente representativas de los sectores de las artes escénicas, de las artes visuales o de la música, que tengan domicilio en Cataluña.

No pueden optar a estas subvenciones:

- Las administraciones públicas, las entidades del sector público institucional, las entidades públicas independientes, las corporaciones de derecho público y los consorcios.
- Las entidades de fomento de la cultura popular y tradicional catalana, y del patrimonio cultural.
- Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas.

Plazos

Los beneficiarios acreditarán la realización del proyecto subvencionado mediante la presentación de una cuenta justificativa, de acuerdo con una de las siguientes modalidades de justificación en función del importe de la subvención otorgada:

a) Para importes inferiores o iguales a 60.000,00 euros, una cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con lo que establece la base general 16.2.b).

b) Para importes superiores a 60.000 euros, una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, con el contenido que establece la base general 16.3.

El plazo para la presentación de la cuenta justificativa será el siguiente:

a) En el caso de proyectos que la convocatoria establece que finalicen en el año de la concesión de la subvención, hasta el último día hábil del mes de febrero del año posterior al de la concesión de la subvención.

b) En el caso de proyectos que la convocatoria establece que finalicen en el año siguiente al de la concesión de la subvención, será hasta el 31 de octubre del año posterior al de la concesión.

Documentación

Documentos

Memoria del proyecto

Presupuesto del proyecto

Certificado de morosidad

Declaración de remuneraciones

Tasas

No hay que pagar tasas para este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Justificar la subvenció

    Plazos
    Del 01/01/2026

    Por Internet

    Justificació de la subvenció

    Iniciar . Acceder a Justificació de la subvenció
Fecha de actualización 24.08.2026
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