¿Qué tienes que saber?
El objeto es subvencionar la asistencia de editoriales y agencias literarias en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2025 (en adelante FIL) de la que Barcelona es la ciudad invitada de honor, para contribuir a la presencia ya la comercialización en el mercado iberoamericano de la creación y producción cultural de Cataluña en el ámbito del libro.
Se entiende por creación y producción culturales de Cataluña aquellas que son de autoría catalana, es decir, aquellas en las que el autor o autora reside en Cataluña o, en caso de autores o autoras difuntos, aquellas cuyos autores o autoras nacieron o residieron la mayor parte de su vida en Cataluña.
Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases tienen la consideración de ayudas de minimis, reguladas por el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L-2831, de 15.12.2023).
El período para presentar solicitudes es del 21 de marzo al 15 de abril de 2025, ambos inclusive.
El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:
- Para consultas sobre el contenido del proyecto a presentar: Monika Ganzenmüller - mganzenmuller@gencat.cat
- Para consultas más generales sobre el contenido de la subvención: 93 546 08 78 - lauragrimau@gencat.cat
- Para consultas técnicas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Organismo responsable
Podrán optar a estas subvenciones las empresas privadas, tanto personas físicas como jurídicas, que sean editoriales o agencias literarias.
Se entiende por agencia literaria las personas o entidades que se encargan de representar a uno o varios escritores o escritoras en cuyo nombre actúan en todo aquello que se refiere a la contratación de sus obras por las editoriales y, en general, a la explotación de su producción.
Las personas beneficiarias deben presentar la documentación justificativa, como máximo, el 10 de diciembre de 2025.
La modalidad de justificación es la que determina la base general 16.2.a): la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto. También es necesario presentar una muestra del material promocional comercial, físico o digital (creación y edición del contenido del material promocional) creado específicamente para la promoción en la FIL.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Justificar la subvención
Plazos
Del 26/09/2025