¿Qué tienes que saber?
En el marco de este Programa se trabajarán las potencialidades de la persona joven con la realización de actuaciones de tutorización, de orientación, de conocimiento y de exploración del ámbito laboral, de formación y de inserción, ajustadas a las necesidades de cada persona.
Todas las actuaciones irán dirigidas a que las personas jóvenes sean activas en la ejecución de su proyecto vital y profesional de cara a su inserción en el mercado laboral y/o para la continuidad formativa o de retorno al sistema educativo, con un proceso intenso de acompañamiento individual y tutorizado.
Los itinerarios de las personas participantes en los Programas Integrales se desarrollarán en tres fases diferenciadas. Estas fases son:
- Primera: Acogida, orientación y diseño de la hoja de ruta del itinerario personal.
- Segunda: Ejecución de la hoja de ruta personal.
- Tercera: Inserción laboral y/o retorno al sistema educativo.
Las actuaciones que se pueden desarrollar en las diferentes fases serán:
a. Orientación y tutorización
b. formación
El plazo de presentación de solicitudes es del 2 al 22 de diciembre de 2016, ambos incluidos.
Organismo responsable
Pueden ser entidades beneficiarias de estas ayudas las siguientes tipologías de entidades constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña:
- Entidades de titularidad pública o privada sin ánimo de lucro con experiencia contrastada y demostrable en la ejecución de proyectos dirigidos al colectivo al que se dirija la convocatoria y que contemplen un carácter transversal e integral de actuaciones dirigidas a los objetivos de la orden de bases, y que sean un referente en el ámbito territorial en el que incidirá el proyecto.
- Entes locales u organismos vinculados. Las diferentes áreas temáticas que inciden sobre las personas (educación, juventud, promoción económica, servicios sociales, etc.) deberán colaborar y coordinarse entre sí para presentar un proyecto en común.
- Organizaciones sindicales y patronales con una experiencia mínima de 3 años demostrable en la gestión de proyectos dirigidos al colectivo al que se dirija la convocatoria, que deberá justificar en el momento de hacer la solicitud.
También podrán ser beneficiarias las agrupaciones sin personalidad jurídica, que se constituyan para las entidades indicadas en la base 13.1 del anexo 1 de la orden de bases, junto con una o varias de las siguientes entidades:
- Centros de formación inscritos en el Registro de centros y entidades del Servicio Público de Empleo de Cataluña y que no sean centros que cumplan la tipología de entidad que determina la base 13.1 del anexo 1 de la orden de bases. En aquellos proyectos que contemplen formación profesionalizadora, estas entidades participarán en los Programas Integrales exclusivamente en el ámbito de las acciones de formación.
- Cualquier otra entidad o empresa que realice una actividad necesaria para la realización del proyecto que esté especializada en alguno de los servicios vinculados a las acciones del proyecto y que participarán en los Programas Integrales exclusivamente en el ámbito de las acciones que lleven a cabo.
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 2 al 22 de diciembre de 2016, ambos incluidos.
Inicio de las acciones aprobadas: máximo 30 de junio de 2017.
Finalización de las acciones aprobadas: hasta el 31 de diciembre de 2017.
Documentación a adjuntar a la solicitud:
- Formulario descripción proyecto G146NGJU-068 (obligatorio)
- Poder suficiente en derecho que acredite facultades de representación del firmante (obligatorio si no se puede consultar en registros o la firma electrónica no lo acredita)
- Hoja de domiciliación bancaria F0602/F0651 (si procede)
- Acreditación prerrogativa especial negociada con la Administración debido a prórroga, moratoria, o cualquier condición especial en relación con las deudas tributarias y / o de Seguridad Social (si procede)
- Declaración responsable sobre retribuciones G146NGJU-062 (si procede)
- Documento de agrupación de entidades G146NGJU-063 (si procede)
- Declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos por parte de las entidades agrupadas G146NGJU-070 (si procede)
Documentación a adjuntar a la solicitud que se tramita para la plataforma EACAT:
- Acuerdo o acuerdos municipales por los que se decide su creación y los estatutos y/u otros documentos fundacionales, y sus modificaciones (si procede)
Documentación a adjuntar a la solicitud que se tramita por este portal:
- Escritura o contrato de constitución en caso de sociedades civiles privadas, SCP (si procede)
Guías
Los establecidos en la base 14 del anexo 1 de la Orden TSF/318/2016, de 22 de noviembre.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Para más información consultar la guía de solicitud de los Programas Integrales.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 02/12/2016 al 22/12/2016 -
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe respuesta?El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de 3 meses, desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido este periodo si [...]
¿Cuándo se recibe respuesta?
El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de 3 meses, desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido este periodo si no se ha dictado resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
¿Qué respuesta se recibe?
Las personas solicitantes recibirán una resolución firmada por la persona titular del Servicio Público de Empleo de Cataluña. Esta resolución se notificará a la persona o entidad interesada mediante el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
¿Se puede presentar un recurso?
Sí. Puede ser objeto de recurso de alzada ante el superior jerárquico inmediato en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.