¿Qué tienes que saber?
La persona mediadora que es designada por el Centro de Mediación de Cataluña para un proceso de mediación tiene 24 horas para comunicar si lo acepta o no. Solo puede rehusar la designación por motivos profesionales o personales justificados. Por otro lado, está obligada a abstenerse si se da alguna de las circunstancias siguientes:
- Tener interés personal en el asunto que trate el procedimiento de mediación.
- Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las partes en conflicto.
- Tener parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo con alguna de las partes.
- Haber intervenido profesionalmente en defensa de los intereses de una de las partes en contra de la otra.
La mediación tiene una duración máxima de 3 meses, pero la persona mediadora, de mutuo acuerdo con las partes, puede pedir una prórroga al Centro de Mediación de Cataluña.
Al final del proceso de mediación, la persona mediadora tiene que firmar y enviar las actas de la mediación al Centro de Mediación de Cataluña. En el caso de que la mediación se haya hecho en el marco de un procedimiento judicial, se ha de comunicar también al juzgado.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A los profesionales de la mediación inscritos en el Registro general del Centro de Mediación de Cataluña que han sido designados para llevar a cabo un proceso de mediación.
Se puede comunicar en cualquier momento.
Para comunicar las actas al Centro de Mediación de Cataluña
- Aceptación de las características de la mediación
- Aceptación o declinación de la participación en el procedimiento de mediación (parte no solicitante)
- Comunicación al juzgado del resultado final de la mediación (si es el caso)
- Hoja de signaturas
Para comunicar las actas a las partes
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar las actas