¿Qué tienes que saber?
El Registro de personas mediadoras del Centro de Mediación de Cataluña es un censo de carácter administrativo donde se pueden inscribir los profesionales de la mediación que quieran aceptar las mediaciones que les derive el Centro de Mediación. Se pueden inscribir tanto como mediadores del ámbito familiar como del ámbito del derecho privado, lo cual vendrá determinado per la formación especializada homologada de que dispongan.
Las personas mediadoras inscritas que se quieran mantener en activo en el Registro tienen que acreditar documentalmente una participación activa mínima de 40 horas bienales en actividades de formación, docencia o investigación sobre mediación que hayan sido homologadas por el Centro de Mediación de Cataluña, y también tienen que disponer de una póliza de responsabilidad civil vigente; por lo tanto, antes de que venza la actual, tienen que comunicar que la han renovado.
También tienen la posibilidad de solicitar en el Centro de Mediación un certificado de sus datos inscritos en el Registro.
A profesionales de la mediación que cumplan los requisitos legales y que quieran inscribirse en el Registro general de personas mediadoras del Centro de Mediación de Cataluña y, en consecuencia, acepten las mediaciones que les deriven.
A los profesionales de la mediación ya inscritos en el Registro que quieran modificar datos, cambiar de situación, darse de baja, comunicar la formación y la póliza de responsabilidad civil y pedir un certificado de los datos que consten en el Registro.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar la formación
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Consulta las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea a Tràmits gencat.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite en el Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital) y en el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Puedes consultar el estado del trámite en el Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital) y en el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
El Centro de Mediación de Cataluña te comunicará si las horas de formación continua que has aportado han quedado acreditadas o bien si te faltan.
El Centro de Mediación de Cataluña te comunicará si las horas de formación continua que has aportado han quedado acreditadas o bien si te faltan.
Recibirás la notificación a través del Área privada en el plazo máximo de 3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración.
¿Se puede presentar un recurso?
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso ordinario, en el plazo de un mes, ante el director general de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria.