¿Qué tienes que saber?
El 8 de noviembre de 2012, la Dirección General de Calidad Ambiental emitió la instrucción 3/2012 de 8 de noviembre sobre el procedimiento a seguir en peticiones de almacenamiento de residuos peligrosos superior a seis meses.
El procedimiento a seguir viene determinado por el régimen de intervención administrativa a la que está sometido el establecimiento, de acuerdo con lo especificado en la Ley 20/2009.
Este trámite sólo puede realizarse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Por aquellas actividades del anexo II y anexo III
La Agencia de Residuos de Cataluña posteriormente, gestionará, de acuerdo con el anexo del establecimiento, hacia el Ayuntamiento que es quien resuelve la petición en el caso de Anexo II o directamente hacia el interesado (i a su Ayuntamiento por enterado) en el caso de Anexo III.
Este trámite puede solicitarse en cualquier momento
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo se puede hacer por internet. No es necesario que disponga de idCATMòbil o certificado digital.