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  • Subvenciones para el desarrollo de programas de formación e inserción (PFI)
  • Curso 2025-2026
21132 - subvencions-PFI Departament d'Educació i Formació Professional accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Sol·licitad la subvención
  2. 2. Aportad documentació
  3. 3. Justificad la subvención
  4. 4. Recibid la respuesta de la Administración
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Subvenciones para el desarrollo de programas de formación e inserción (PFI)

Curso 2025-2026

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Fuera de plazo

Del 13/06/2025 al 27/06/2025

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Subvenciones para el desarrollo de programas de formación e inserción (PFI)

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Normativa

  • Resolución EDF/2144/2025, de 5 de junio, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2025-2026 (ref. BDNS 838152)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9432  publicado el 12/06/2025)
  • Orden EDF/48/2025, de 31 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción, durante el curso 2025-2026

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9386  publicado el 04/04/2025)
  • RESOLUCIÓN EDU/2964/2024, de 5 de agosto, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2024-2025 (ref. BDNS 779803).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9229  publicado el 19/08/2024)
  • ORDEN EDU/133/2024, de 11 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción, para el curso 2024-2025.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9185  publicado el 17/06/2024)
  • RESOLUCIÓN EDU/1982/2023, de 31 de mayo, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2023-2024 (ref. BDNS 700556).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8932  publicado el 08/06/2023)
  • ORDEN EDU/138/2023, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden EDU/78/2023, de 5 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción, para el curso 2023-2024.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8931  publicado el 07/06/2023)
  • ORDEN EDU/78/2023, de 5 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción, para el curso 2023-2024.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8894  publicado el 13/04/2023)
  • RESOLUCIÓN EDU/1877/2022, de 8 de junio, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2022-2023 (ref. BDNS 633222).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8692  publicado el 20/06/2022)
  • RESOLUCIÓN EDU/1876/2020, de 23 de julio, por la que se modifica la Resolución EDU/1753/2019, de 21 de junio, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2019-2020 (ref. BDNS 464021).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8190  publicado el 31/07/2020)
  • RESOLUCIÓN EDU/2285/2019, de 1 de agosto, por la que se modifica la Resolución EDU/1753/2019, de 21 de junio, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2019-2020 (ref. BDNS 464021).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7955  publicado el 06/09/2019)
  • RESOLUCIÓN EDU/1753/2019, de 21 de junio, por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de subvenciones a centros educativos, para el desarrollo de programas de formación e inserción para el curso 2019-2020 (ref. BDNS 464021).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7908  publicado el 02/07/2019)
  • ORDEN EDU/104/2019, de 16 de mayo, por la que se modifica la Orden ENS/157/2017, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros educativos para el desarrollo de programas de formación e inserción el curso 2019-2020.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7881  publicado el 23/05/2019)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en centros educativos públicos que no sean de titularidad de la Generalidad de Cataluña y centros educativos privados, autorizados por el Departamento de Educación y Formación Profesional para impartir programas de formación e inserción (PFI).

La finalidad de los PFI es proporcionar a jóvenes de 16 a 21 años de edad que no han obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria (ESO), la formación general y profesional que les permita una inserción social y laboral satisfactoria, así como su continuidad formativa.

Se ha publicado la resolución de concesión de subvenciones (30.9.2025)

 

Está previsto que se amplíe el importe de la subvención, cosa que permitirá aumentar el número de perfiles y de grupos subvencionables.

La resolución de otorgamiento se publicará, previsiblemente, la segunda quincena de septiembre.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Educació i Formació Professional
  • Direcció General de Formació Professional
¿A quién va dirigido?
Entidades
Otras administraciones

A centros educativos públicos que no sean de titularidad de la Generalidad de Cataluña y centros educativos privados, autorizados por el Departamento de Educación y Formación Profesional a impartir PFI.

Plazos
  • Presentación de la solicitud: del 13 de junio al 27 de junio de 2025.
  • Aportación de la documentación: del 25 de junio de 2025 al 31 de diciembre del 2028.
  • Justificación de la subvención: del 15 de julio al 30 de septiembre de 2026.
Documentación

Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud de subvención:

  • Informe sobre la aplicación del programa de formación e inserción según el modelo establecido.
  • Presupuesto completo y detallado de cada programa solicitado, según el modelo establecido.

El documento Informe se tiene que firmar electrónicamente por el/por la representante legal del centro.

Requisitos

Consultad el anexo de la Orden EDU/48/2025, de 31 de marzo, por la cual se aprueban las bases reguladoras:

  • Requisitos de los centros educativos solicitantes (base 3)
  • Requisitos de los PFI subvencionables (base 4)
  • Requisitos del alumnado (base 5)
Tasas

Este trámite es gratuito.

Otras informaciones

La valoración de las solicitudes se hace de acuerdo con los criterios que establece el apartado 12 de las bases reguladoras y que se concretan en el anexo 2 de la Orden EDU/48/2025, de 31 de marzo.

El informe sobre la aplicación del programa de formación e inserción que tiene que presentar el centro educativo junto con la solicitud, y que prevé el punto 11.1 de las bases reguladoras, se tiene que presentar según el modelo disponible en esta página (apartado Documentación).

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Sol·licitad la subvención

    Los centros educativos tienen que presentar, mediante el formulario establecido, una solicitud para cada programa.

    Plazos
    Del 13/06/2025 al 27/06/2025

    Los centros educativos tienen que presentar, mediante el formulario establecido, una solicitud para cada programa.

    Cada centro puede presentar un máximo de tres solicitudes, con un máximo de dos para una misma familia profesional.

    Por Internet

    Solicitud de subvención

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvención

    Informe sobre la aplicación del programa de formación e inserción

    Iniciar . Acceder a Informe sobre la aplicación del programa de formación e inserción

    Presupuesto completo y detallado de cada programa solicitado

    Iniciar . Acceder a Presupuesto completo y detallado de cada programa solicitado

    Presupuesto completo y detallado de cada programa solicitado (grupos con necesidades educativas especiales)

    Iniciar . Acceder a Presupuesto completo y detallado de cada programa solicitado (grupos con necesidades educativas especiales)

    Para poder presentar la solicitud electrónicamente, es necesario que la entidad o su representante legal disponga de un certificado digital válido y vigente emitido por cualquier entidad de certificación clasificada por el Consorci d'Administració Oberta de Catalunya como válida para identificar a la ciudadanía y las entidades frente a las administraciones públicas catalanas. La relación de certificados digitales válidos se puede consultar en la sección Soporte a la tramitación del apartado Trámites de la web de la Generalitat de Catalunya.

    En todo caso, las personas que presenten las solicitudes por medios telemáticos pueden identificarse y firmarse electrónicamente, mediante mecanismos de identificación y firma de nivel medio de seguridad o de nivel superior.

    Los centros pueden realizar el seguimiento del estado de la solicitud desde el Área privada del apartado Trámites de la web de la Generalitat de Catalunya. Las notificaciones relacionadas con esta solicitud son electrónicas y se ponen a disposición de los solicitantes en la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.

    Es muy importante que la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud sea correcta dado que los avisos de notificación se reciben en esta dirección.

    El documento "Informe sobre la aplicación del programa de formación e inserción" debe estar firmado electrónicamente por el/la representante legal del centro.

  2. 2

    Segundo paso

    Aportad documentació

    Una vez presentada la solicitud de subvención puede aportarse documentación en respuesta a un requerimiento, documentación complementaria para la solicitud o cualquier otro tipo de documentación [...]

    Plazos
    Del 25/06/2025 al 31/12/2028

    Una vez presentada la solicitud de subvención puede aportarse documentación en respuesta a un requerimiento, documentación complementaria para la solicitud o cualquier otro tipo de documentación requerida o generada durante la ejecución del programa.

    Si la solicitud no cumple los requisitos, se requiere la persona interesada para que en un plazo de 10 días hábiles, subsane el defecto o aporte los documentos preceptivos.

    Por Internet

    Aportación de documentos

    Iniciar . Acceder a Aportación de documentos
  3. 3

    Tercer paso

    Justificad la subvención

    Plazos
    Del 15/07/2026 al 30/09/2026

    Por Internet

    Justificació de la subvenció

    Iniciar . Acceder a Justificació de la subvenció

    El formulario de justificación debidamente cumplimentado debe presentarse electrónicamente para cada programa subvencionado desde la web del Departamento de Educación y Formación Profesional.

    La documentación que debe aportarse con el formulario de justificación es la que se detalla en la base 18.3 de la Orden EDU/133/2024, de 11 de junio. La documentación acreditativa de los gastos subvencionados estará archivada en el centro y a disposición del órgano concedente y de los órganos de control.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibid la respuesta de la Administración

    Cuando recibiréis la respuesta?

    Cuando recibiréis la respuesta?

    El órgano instructor formula la propuesta de concesión de subvenciones de acuerdo con el informe de la comisión de valoración y lo eleva al órgano resolutorio. El plazo máximo para resolver y notificar es de 6 meses a contar del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.

    Cómo recibiréis la respuesta?

    La resolución, que finaliza el procedimiento, se notifica en los centros interesados mediante su publicación al Tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, sin perjuicio que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos.

    Transcurrido el plazo máximo previsto sin que se haya dictado y notificado la resolución final del procedimiento, los centros solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

    Se ha publicado la resolución de concesión de subvenciones (30.9.2025)

    Se ha publicado la resolución de inadmisión y desistimiento (18.9.2025)

Fecha de actualización 30.09.2025
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