Las instalaciones eléctricas se clasifican de acuerdo con un doble criterio: Documentación necesaria para ponerlas en servicio y uso de la instalación.
Con respecto a la documentación: las instalaciones con cierta complejidad se tienen que diseñar por un titulado técnico competente y son las siguientes:
Clase P1
- Instalaciones industriales con una potencia máxima admisible superior a 100 kW
- Locales de pública concurrencia
- Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I, excepto aparcamientos y estacionamientos de menos de 25 plazas
- Locales mojados P > 25 kW
- Piscinas P > 10 kW
- Quirófanos quirúrgicos y salas de intervención
- Instalaciones de alumbrado exterior P>5kW
- Instalaciones de enlace de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas, que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en edificación vertical u horizontal de 20 suministros o más
- Instalaciones correspondientes a las infraestructuras para la recarga del vehículo eléctrico (P>50 kW)
- Instalaciones de recarga de vehículo eléctrico ubicadas en el exterior (P>10kW)
- Instalaciones que incluyan estaciones de recarga previstas por el modo de carga 4
Clase P2
- Instalaciones correspondientes a industrias, en general 20 kW>P<=100 kW
- Locales húmedos, con polvo o con riesgo de corrosión (P>10 kW)
- Bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no (P > 10 kW)
- Locales mojados (P > 10 kW)
- Generadores y convertidores (P > 10 kW)
- Conductores aislados por caldeamiento, excluidos las viviendas (P > 10 kW y P<25 kW)
- Instalaciones de carácter temporal para alimentación de maquinaria de obras de construcción (P > 50 kW)
- Instalaciones de carácter temporal en locales o emplazamientos abiertos (P > 50 kW)
- Edificios destinados a oficinas, y locales comerciales que no tengan la consideración de pública concurrencia con más de 100 kW de potencia por CGP
- Las correspondientes a viviendas unifamiliares P > 50 kW
- Aparcamientos o estacionamientos que requieren ventilación forzada (Menos de 25 plazas)
- Aparcamientos o estacionamientos con ventilación natural (Más de 5 plazas y menos de 25 plazas)
- Líneas de baja tensión con soportes comunes con las de alta tensión
- Máquinas de elevación y transporte
- Instalaciones que utilicen tensiones especiales
- Instalaciones destinadas a letreros luminosos, a menos que se consideren instalaciones de baja tensión, según lo que establece la ITC-BT 44
- Vallas eléctricas
- Instalaciones correspondientes a piscinas y fuentes P > 5 kW, piscinas hasta 10 kW
- locales sin riesgo específico con una potencia máxima admisible >100 kW
La clasificación según el uso de las instalaciones tiene las siguientes categorías:
- Instalaciones industriales.
- Instalaciones temporales para obras según el ITC-BT-33 del REBT.
- Instalaciones temporales según el ITC-BT-34 del REBT.
- Instalaciones de enlace.
- Instalaciones de servicios comunes de edificios.
- Instalaciones de viviendas.
- Instalaciones en locales de espectáculos y actividades recreativas con subclasificación de acuerdo con el ITC-BT-28.
- Instalaciones en locales de reunión, trabajo y usos sanitarios recreativas con subclasificación de acuerdo con el ITC-BT-28.
- Instalaciones de recarga de vehículos eléctricos.
- Instalaciones en aparcamientos y estacionamientos.
- Instalaciones de alumbrado exterior.
- Instalaciones generadoras de electricidad.
- Instalaciones de oficinas sin presencia de público.
- Instalaciones generadoras.
- Otros casos.