El Departamento de Empresa y Trabajo ha activado la segunda convocatoria de las ayudas para el sector de ferias, verbenas y fiestas mayores afectado por las restricciones de la Covid-19. El objetivo es ayudar a las empresas del sector, caracterizado por una fuerte estacionalidad, ya que sigue la grave situación económica en todo el territorio catalán de determinadas actividades económicas, entre las cuales están las actividades de las empresas de atracciones y servicios de restauración propios de ferias y verbenas, fuera de establecimientos permanentes.
Se podrán acoger los autónomos y pymes que ejercen su actividad en ferias, verbenas y fiestas mayores en la vía pública, fuera de establecimientos permanentes, que estén dados de alta en el censo del impuesto de actividades económicas (IAE) en Cataluña y que no han podido desarrollar su actividad desde el inicio de la crisis sanitaria. Los solicitantes tendrán que ser titulares de empresas de atracciones o de servicios de restauración vinculados a las ferias.
Línea de ayudas dotada con 2.400.000 euros.
Cuantía de la ayuda
La ayuda consiste en un pago único de 6.000 euros por beneficiario.
Se requiere la siguiente documentación, aparte del modelo normalizado:
- Manual de Instrucciones de la instalación de feria, que contenga una fotografía de la misma.
- IAE
- Certificados de montaje y recibidos justificativos de instalación en un mínimo 3 ferias de atracciones en fiestas mayores desde el 1 de enero de 2019 hasta la declaración del estado de alarma fecha 14 de marzo de 2020.
Es necesario presentar la solicitud para esta 2.ª convocatoria aunque se haya solicitado la primera convocatoria de subvenciones para empresas de atracciones y servicios de restauración propios de ferias y verbenas. Se tiene que hacer telemáticamente por Canal Empresa, llenando el modelo formalizado que se puede encontrar en la web del CCAM, de Canal Empresa o del Departamento de Empresa y Conocimiento.
Los solicitantes podrán consultar si se les ha otorgado la ayuda en el tablón electrónico de la Generalitat.
Estas subvenciones se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas, catalanas, estatales o internacionales.
IMPORTANTE
A LA HORA DE DESCARGAR EL FORMULARIO
Para evitar problemas antes de descargar el formulario hay que tener presente como se presentó la solicitud. Es importante saber si se hizo con certificado digital o con IDCAT móvil, para poder elegir el formulario adecuado, dado que el programa tan solo reconoce el expediente si se ha empleado el mismo sistema en que se presentó la solicitud.
Por lo tanto, y a modo de ejemplo:
INCORRECTO
Solicitud firmada con IDCAT móvil: la persona beneficiaria descarga y rellena formulario de aportación con certificado digital, el formulario no reconoce el expediente.
Solicitud firmada con certificado digital: la persona beneficiaria descarga y rellena formulario de aportación con IDCAT móvil, el formulario no reconoce el expediente.
CORRECTO
Solicitud firmada con certificado digital: la persona beneficiaria descarga y rellena el formulario de aportación con certificado digital, el formulario reconoce el expediente y se puede presentar la documentación.
Solicitud firmada con IDCAT móvil: la persona beneficiaria descarga y rellena el formulario de aportación con IDCAT móvil, el formulario reconoce el expediente y se puede presentar la documentación.
PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS
Por otro lado, dado que hay una limitación con el peso de los archivos a aportar (5MB), se pueden hacer tantas solicitudes como se necesiten para poder aportar toda la documentación.
Plazo de presentación de las solicitudes cerrado