Línea de 15 millones de euros para los comercios cerrados del 7 al 24 de enero, de acuerdo con las restricciones aprobadas por el Procicat para hacer frente a la pandemia de la Covid-19.
El objetivo de esta línea es contribuir a la reactivación del sector comercio al por menor, ante los efectos causados por el cierre decretado del 7 al 17 de enero por la resolución SLT/1/2021 de 4 de enero, en el marco de las medidas sanitarias para contener la pandemia, y prorrogado hasta el 24 de enero, a través de la resolución SLT/67/2021, de 16 de enero.
Beneficiarios
Los beneficiarios son autónomos y pymes dedicados a las actividades de comercio al por menor afectados por la orden de cierre sanitario. En concreto, se podrán beneficiar los establecimientos comerciales de productos no esenciales de más de 400 metros cuadrados y las tiendas de productos no esenciales de centros, galerías y recintos comerciales.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas consistirán en un aportación por establecimiento, que será de 3.750 euros.
Estas ayudas se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y/o privados ya solicitados. Las subvenciones se otorgarán por orden cronológico de presentación de la solicitud.
IMPORTANTE
A LA HORA DE DESCARGAR EL FORMULARIO
Para evitar problemas antes de descargar el formulario hay que tener presente como se presentó la solicitud. Es importante saber si se hizo con certificado digital o con IDCAT móvil, para poder elegir el formulario adecuado, dado que el programa tan solo reconoce el expediente si se ha empleado el mismo sistema en que se presentó la solicitud.
Por lo tanto, y a modo de ejemplo:
INCORRECTO
Solicitud firmada con IDCAT móvil: la persona beneficiaria descarga y rellena formulario de aportación con certificado digital, el formulario no reconoce el expediente.
Solicitud firmada con certificado digital: la persona beneficiaria descarga y rellena formulario de aportación con IDCAT móvil, el formulario no reconoce el expediente.
CORRECTO
Solicitud firmada con certificado digital: la persona beneficiaria descarga y rellena el formulario de aportación con certificado digital, el formulario reconoce el expediente y se puede presentar la documentación.
Solicitud firmada con IDCAT móvil: la persona beneficiaria descarga y rellena el formulario de aportación con IDCAT móvil, el formulario reconoce el expediente y se puede presentar la documentación.
PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS
Por otro lado, dado que hay una limitación con el peso de los archivos a aportar (5MB), se pueden hacer tantas solicitudes como se necesiten para poder aportar toda la documentación.
Plazo de solicitudes cerrado