¿Qué tienes que saber?
Ayudas para redes de I+D+i para llevar a cabo programes de valorización y transferencia de los resultados de la investigación
Regular la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para financiar programas de valorización y transferencia de los resultados de la investigación hacia el sector productivo administrados por entidades coordinadoras de redes de R+D+I.
Con esta ayuda se quiere potenciar la colaboración de los grupos de investigación de las diferentes entidades que, por las temáticas de su investigación, tengan retos y objetivos comunes de interés económico y social y que se puedan adherir en redes de R+D+I.
Las redes de R+D+I tienen que impulsar la colaboración de grupos de investigación de distintas instituciones entre ellas y con empresas de sectores económicos interesantes potenciando la interdisciplinariedad y la multidisciplinariedad.
Contacto:
- Víctor Linares (victor.linares@gencat.cat)
- Nadal Bayà (nbaya@gencat.cat)
Esta ayuda esta cofinanciada por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
Resolució: Una vez transcurridos 6 mesos desde la resolución de la convocatoria, el enlace al tablón electrónico ya no estará disponible. Se podrá consultar la relación de personas beneficiarias en el portal de transparencia.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
Los grupos de investigación que integran la red tienen que pertenecer a universidades del sistema universitario de Cataluña, centros de investigación i otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actividad de R+D+I. Todas las entidades participantes y la entidad coordinadora tiene que tener establecimiento operativo en Cataluña.
También se pueden adherir empresas, asociaciones de empresas y otras entidades de especial relevancia en el sector productivo, pero no serán consideradas entidades participantes.
La entidad coordinadora de cada red de R+D+I tendrá la consideración de entidad beneficiaria y actuará como interlocutor único delante del AGAUR y los organismos responsables de la gestión y el control del PO FEDER de Cataluña 2014-2020.
Pueden ser entidades coordinadoras las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación, los centros tecnológicos, las fundaciones hospitalarias y las instituciones sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación y tengan sede en Cataluña.
También podrán serlo las entidades sin ánimo de lucro que estén creadas o participadas mayoritariamente por las universidades, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, que ejerzan las funciones propias de transferencia y valorización.
Plazo de presentación de solicitudes: del dia 19 de diciembre de 2018 hasta las 14:00:00h (hora local Barcelona) del dia 18 de febrero de 2019.
La solicitud de la ayuda no se considerará presentada hasta que no sea presentada y la operación sea firmada en SIFECAT1420
Las redes de R+D+I tienen que estar integradas por un mínimo de cinco grupos de investigación de, como mínimo, tres entidades participantes diferentes y una entidad coordinadora.
Las entidades tendrán la consideración de entidad coordinadora o entidad participante, de acuerdo con la definición siguiente:
a) Entidad coordinadora: Pueden ser entidades coordinadoras las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación, los centros tecnológicos, las fundaciones hospitalarias y las instituciones sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación y tengan sede en Cataluña.
La entidad coordinadora podrá imputar los costes que generen las actividades inherentes al programa de valorización y transferencia y los costes indirectos.
b) Entidad participante: Es aquella que forma parte de una red de R+D+I que no actúa como entidad coordinadora.
Los grupos de investigación de estas entidades participan en el programa de valorización y transferencia y podrán llevar a cabo actividades en el marco del programa, pero en ningún caso podrán generar gasto subvencionable a cargo de la propia entidad. Solo serán subvencionables los gastos imputados directamente por la entidad coordinadora.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
Primer paso
Solicitar la ayuda
Plazo de presentación de solicitudes: del dia 19 de diciembre de 2018 hasta las 14:00:00h (hora local Barcelona) del dia 18 de febrero de 2019.
Plazos
Del 19/12/2018 al 18/02/2019Plazo de presentación de solicitudes: del dia 19 de diciembre de 2018 hasta las 14:00:00h (hora local Barcelona) del dia 18 de febrero de 2019.
-
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
Quan es rep la resposta?
Quan es rep la resposta?
El termini legal màxim per resoldre aquesta convocatòria és de sis mesos, a comptar de l’endemà de la publicació d’aquesta convocatòria al DOGC. Transcorregut aquest termini sense resolució expressa, l’ajut sol·licitat s’entén desestimat per silenci.
Quina resposta es rep?
La resolució de concessió es notifica a les persones interessades mitjançant la seva publicació al tauler d’anuncis de l’AGAUR i al tauler electrònic de l’Administració de la Generalitat de Catalunya (<https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html>). Per tal de fer-ne més difusió, i a efecte informatiu, es podrà consultar el resultat de la resolució a la pàgina web de l’AGAUR i a la de la Secretaria d’Universitats i Recerca.
Es pot presentar un recurs?
La resolució de concessió indicarà els recursos que s'hi poden interposar.