¿Qué tienes que saber?
El Reglamento 999/2001 establece que las explotaciones ganaderas deberán comunicar o bien solicitar la autorización de determinadas actividades que se llevan a cabo en la explotación. Actividades relacionadas con el uso o la tenencia de determinadas materias primas de origen animal o piensos compuestos que las contengan.
A todas las explotaciones ganaderas con las siguientes características:
- Tipo: producción/reproducción
- Situación: activa
Puede presentarse en cualquier momento.
Solamente deberá cumplimentar el impreso de Comunicación y/o Solicitud.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Comunicar y/o solicitar
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe de la Administración?Después de presentar la comunicación / solicitud de la autorización en el registro de la oficina comarcal o cualquier otro registro telemático adecuado, [...]
¿Qué respuesta se recibe de la Administración?
Después de presentar la comunicación / solicitud de la autorización en el registro de la oficina comarcal o cualquier otro registro telemático adecuado, la persona solicitante recibe de la Dirección General de Agricultura y Ganadería departamento competente en materia de ganadería la resolución autorizando.
La resolución se dictará y notificará al solicitante en el plazo máximo de tres meses a contar desde la presentación de la solicitud de inscripción. La Administración puede ampliar por una sola vez este plazo por motivos de complejidad del expediente. La ampliación, que no puede ser superior a tres meses, y la duración se motivarán debidamente y se notificará a la persona solicitante antes de que expire el plazo inicial. En caso de no recibir respuesta, el solicitante deberá entender estimada solicitud.¿Cómo se recibe la respuesta?
Los autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.Si es un particular recibirá la notificación a la dirección postal que consta en el formulario de solicitud. También podrá acceder a la notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM.
