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20180 - 20180_Ajut associat als cultius proteics Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Consultar el expediente y aportar documentación
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Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan proteico

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CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 01/02/2025 al 15/05/2025

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Normativa

  • Resolución ARP/1569/2025, de 29 de abril, por la que se amplía el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas directas a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda para la campaña 2025 (ref. BDNS 816586), las solicitudes de las ayudas asociadas al contrato global de explotación para el año 2025 (ref. BDNS 827048), las solicitudes de las ayudas a la diversificación agraria para el año 2025 (ref. BDNS 827047) y las solicitudes de las ayudas a la sostenibilidad asociadas al contrato global de explotación correspondientes al año 2025 (ref. BDNS 819240)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9405  publicado el 05/05/2025)
  • Resolución ARP/574/2025, de 20 de febrero, por la que se convocan las ayudas directas a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda para la campaña 2025 (ref. BDNS 816586)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9360  publicado el 27/02/2025)
  • Orden ARP/9/2025, de 28 de enero, por la que se establece y regula la DUN 2025 y se modifican la Orden ACC/30/2024, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la tramitación a partir de 2024 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayudas, así como sobre la gestión y control de estos pagos, y la Orden ACC/68/2023, de 31 de marzo, por la que se regula la ayuda a la reestructuración y/o reconversión del viñedo en Cataluña en el marco de la Intervención Sectorial en el sector del vino del Plan estratégico de la Política agrícola común 2023-2027

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9341  publicado el 31/01/2025)
  • ORDEN ACC/30/2024, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la tramitación a partir de 2024 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayudas, así como sobre la gestión y el control de estos pagos, y por la que se modifica la Orden ACC/68/2023, de 31 de marzo, por la que se regula la ayuda a la reestructuración y/o reconversión del viñedo en Cataluña en el marco de la Intervención Sectorial en el sector del vino del Plan estratégico de la Política agraria común 2023-2027.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9107  publicado el 22/02/2024)
  • Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  312  publicado el 29/12/2022)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objetivo es mejorar la orientación en el mercado y aumentar la competitividad de este tipo de producciones.

Incluye las ayudas asociadas a los cultivos proteicos, a la producción de legumbres de garbanzo, lenteja y judía, del resto de leguminosas; a la producción de semillas certificadas de legumbres de garbanzo, lenteja y judía, ya la producción de semillas certificadas del resto de leguminosas.

 

  • Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
  • Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.

Este trámite solo se puede hacer por internet.

Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Servei de Coordinació d'Ajuts i Registres
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A agricultores titulares de explotaciones agrícolas para la producción de un determinado tipo de leguminosas: judía (Phaseolus vulgaris L.), garrafones (Phaseolus lunatus L.), alubia (Vigna unguiculata [L.] Walp.), alubia roja (Phaseolus coccineus L.), garbanzo (Cicer arietinum L.), lenteja (Lens sculenta Moench, Lens culinaris Medik), guisante (Pisum sativum L.), haba (Vicia faba L.), altramuz blanco (Lupinus albus L.), altramuz amarillo (Lupinus luteus L.), lupino azul (Lupinus angustifolius L.), veza (Vicia sativa L.), vezo piloso (Vicia villosa Roth), yero (Vicia ervilia (L.) Willd., Vicia monanthos Desf.), almorta (Lathyrus cicera L.), chícharo (Lathyrus sativus L.), fenogreco (Trigonella foenum-graecum L.), alberjón (Vicia narbonensis L.), alfalfa (Medicago sativa L.), esparceta (Onobrychis viciifolia Scop.), zulla (Hedysarum coronarium L., Crotalaria juncea L.), soja (Glycine max (L.) Merrill.), cacahuete (Arachis hypogaea L.) y Vicia pannonica L.

Plazos
  • Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
  • Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.

 

Requisitos
  • Se admitirán mezclas con gramíneas siempre y cuando las leguminosas sean las predominantes.
  • Variedades del Catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea, del Registro de variedades comerciales o variedades autorizadas.
  • Prácticas habituales del cultivo hasta alcanzar el siguiente estado fenológico:
    • Leguminosas para grano: hasta el estado de madurez lechosa del grano.
    • Leguminosas para aprovechamiento forrajero anual: hasta el inicio de la floración.
    • Leguminosas forrajeras plurianuales: durante todo el año, excepto el año de siembra y de levantamiento del cultivo, que se llevarán a cabo de acuerdo con las prácticas tradicionales en la zona.
    • Leguminosas para la producción de semilla certificada: hasta la madurez fisiológica de la semilla.
  • Permitido el aprovechamiento ganadero directamente sobre el terreno, siempre que sea compatible con la especie y cultivo se mantenga hasta inicio de floración.
  • Queda excluida la utilización como encurtido en verde.
  • Gestión sostenible de inputs de acuerdo a la normativa sobre nutrición sostenible en los suelos agrarios.
  • Por la superficie solicitada de alfalfa en regadío, según cada caso, es necesario cumplir:
    • Ser titular de una o varias explotaciones ganaderas, con código REGA y con carga ganadera acorde a la superficie solicitada.
    • Disponer de contrato(s) con empresas deshidratadora de forrajes dentro de la UE. El agricultor aportará una declaración responsable en la que la producción será destinada al mercado comunitario.
    • Disponer de un compromiso de entrega si es miembro de una figura asociativa que elabore alimentación por el ganado.
    • Disponer de contrato(s) de suministros con explotaciones o agrupaciones de la UE.
    • Disponer de contrato(s) con fabricantes de alimentación animal de la UE.
    • Identificar las parcelas de alfalfa en estos contratos y/o en el compromiso de entrega.
    • Incluir en la DUN una estimación de la producción de alfalfa, por la que se solicita la ayuda.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 01/02/2025 al 15/05/2025

    Por Internet

    Aplicación informática

    Iniciar . Acceder a Aplicación informática

    A través de la aplicación del Departamento:

    DUN https://aplicacions.agricultura.gencat.cat/dunweb

    Para acceder hay que identificarse con cualquier medio reconocido por el Consorcio de la Administración Abierta de Cataluña.

    Las entidades colaboradoras también pueden presentar declaraciones firmadas electrónicamente, siempre y cuando, previamente, dispongan de la autorización correspondiente de la persona declarante.

    Consulte las entidades colaboradoras: http://agricultura.gencat.cat/dun

     

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el expediente y aportar documentación

    Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN. 

    Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN. 

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la administración

    ¿Cómo y cuándo se notifica la concesión de la ayuda?La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.

    ¿Cómo y cuándo se notifica la concesión de la ayuda?
    La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.

    La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.

    ¿Se puede interponer un recurso?
    Contra la resolución, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganaadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.

    En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento podrá interponerse en cualquier momento a partir de la fecha en que se agote el plazo para resolver y notificar, tal como establece el apartado anterior.
Fecha de actualización 05.05.2025

Trámites relacionados

  • DUN - Declaración agraria
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