¿Qué tienes que saber?
El objetivo de la ayuda es reducir el alto riesgo de abandono de este cultivo. Y producir tomates con destino a la industria siempre que cumplan las condiciones establecidas en la normativa comunitaria y nacional.
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril del 2026.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
A agricultores activos titulares de explotaciones productoras de tomate inscritas en el Sistema de información de explotaciones agrarias de Cataluña (SIDEAC).
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2026.
- Destinar a la transformación la producción de tomate, que deberá estar amparada mediante un contrato.
- Siembra mínima de 22.000 semillas por hectárea, o bien una plantación mínima de 20.000 plantas por hectárea.
- Entregas de materia prima a las industrias transformadoras entre el 15 de junio y el 15 de noviembre de cada año.
- Gestión sostenible de los inputs, de acuerdo a la normativa vigente sobre la nutrición sostenible en suelos agrarios.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2026 al 30/04/2026 -
2
Segundo paso
Consultar el expediente y aportar documentación
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la administración
¿Cómo y cuándo se notifica la concesión de la ayuda?La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Direcció General de Desenvolupament Rural.
¿Cómo y cuándo se notifica la concesión de la ayuda?
La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Direcció General de Desenvolupament Rural.La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de junio de 2027.
¿Se puede interponer un recurso?
Contra la resolución, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.
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