¿Qué tienes que saber?
Los titulares de masas de agua que pretendan alterar su volumen o su caudal deben solicitar y presentar en los Servicios Territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación un Plan de salvamento de las especies acuícolas autóctonas presentes y, en su caso, de eliminación de las especies introducidas.
A los titulares de concesiones de aguas.
La solicitud se debe presentar con 30 días de antelación.
La solicitud debe ir acompañada del Plan de salvamento de ejemplares de especies de fauna autóctona afectados por alteraciones del volumen o el caudal de masas de agua elaborado por el titular. Se indicará los datos del titular, la ubicación de la masa de agua, las fechas de realización, y los datos o forma de proceder al rescate.
En caso de que no haya especies acuícolas autóctonas, o las actuaciones de variación del volumen o el caudal no pongan en riesgo su supervivencia, no será necesario realizar el Plan de salvamento.
- Estar autorizado para la alteración del volumen o el caudal por parte del organismo de cuenca correspondiente.
- Informar al Cuerpo de Agentes Rurales (telf.: 93-574 00 36) de la fecha en que se iniciarán las actuaciones de rescate o cualquier otra modificación de la actuación no prevista en el Plan (aparición especies no previstas, retraso en el ejecución, sospecha de problemas sanitarios de los individuos rescatados ...)
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
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Segundo paso
Respuesta de la Administración