¿Qué tienes que saber?
L'objecte és la inscripció al registre de col·legis professionals de la composició de la junta de govern d'un consell de col·legi professional i de les seves modificacions.
Este tràmite sólo se puede hacer por internet.
No se tendrá en cuenta la documentación que se entregue fuera de este canal, ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para garantizar que está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los haya de usar le los descargue. Si reutiliza los documentos se puede dar el caso que presente una versión obsoleta.
Als consells de col·legis professionals inscrits en el Registre de col·legis.
1. Los órganos de gobierno de un consejo de colegio profesional deben inscribirse lo antes posible, una vez se produzca la modificación de la composición de la junta de gobierno.
2.Una vez generada la carta de pago, se debe hacer el ingreso de la tasa en el plazo de 10 días hábiles. Si transcurrido este plazo no se ha abonado el importe correspondiente, se entenderá la petición como desestimada y se cerrará el procedimiento.
22,80 €
El pago de la tasa se puede hacer en cualquier cajero automático de CaixaBank con una tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad o, si se dispone de una, con una libreta o una cuenta corriente de CaixaBank. El pago también se puede hacer por internet, mediante la opción de pagos en línea de la web de CaixaBank. Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante. La justificación del pago de la tasa sólo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio.
Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se debe volver a pagar la tasa.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar la inscripción
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
-Certificado de la nueva composición de la junta de gobierno con la distribución de los cargos de acuerdo con los estatutos y los siguientes datos personales de los componentes: NIF, nombre y apellidos y direcciones.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuál es la respuesta de la administración?El plazo máximo de inscripción es de tres meses, después de que se haya presentado toda la documentación requerida. Si se cumplen los requisitos legales, la [...]
¿Cuál es la respuesta de la administración?
El plazo máximo de inscripción es de tres meses, después de que se haya presentado toda la documentación requerida. Si se cumplen los requisitos legales, la persona solicitante recibe el oficio de notificación de la inscripción de la composición de la junta de gobierno y el certificado presentado con la diligencia de la inscripción en el registro. En cambio, si no se cumplen los requisitos legales, la persona solicitante recibe el oficio de notificación de las correcciones que hay que hacer para poder inscribir la composición de la junta de gobierno.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá un mensaje por SMS o por correu electrónico que le avisará que tiene una notificación electrónica. Podrá acceder a ella a través del servicio e-NOTUM o entrando en su Área privada. En ambos casos, deberá identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.