Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Programas concertados de cooperación al desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos. Conv. 2019-2020
21744 - 21744-Programens-concertats-cooperacio-desenvolupament-COO025 Departament d'Unió Europea i Acció Exterior accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas

Pasos a realizar

  1. 1. Solcitar la subvención
  2. 2. Aportar documentación
  3. 3. Aceptar la propuesta de subvención i la reformulación
  4. 4. Solicitar vista del expediente
  5. 5. Recibir la respuesta de la Administració
  6. 6. Recibir la ayuda
  7. 7. Presentar recurso
  8. 8. Presentar el primer informe de seguimiento
  9. 9. Presentar el segundo informe de seguimiento
  10. 10. Justificar la subvención según cuenta justificativa con informe auditoría
  11. 11. Justificar la subvención según estados contables
  • Ir a: Solicitar la subvención
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Pasos a realizar

Programas concertados de cooperación al desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos. Conv. 2019-2020

Solicitar la subvención

QUIÉN
Entidades
CÓMO
Por Internet | Presencialmente
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 09/07/2019 al 29/07/2019

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
Saber más

Programas concertados de cooperación al desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos. Conv. 2019-2020

Solicitar la subvención

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 09/07/2019 al 29/07/2019

QUIÉN
CÓMO
Entidades Por Internet | Presencialmente

¿Necesitas ayuda?

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • Acord del Govern pel qual s'aprova la Instrucció per a la unificació de criteris en la gestió general de les subvencions tramitades per l'Administració de la Generalitat i pels ens que conformen el seu sector públic

  • Reial decret 1619/2012, de 30 de novembre, pel qual s’aprova el Reglament pel qual es regulen les obligacions de facturació

  • RESOLUCIÓN EXI/1814/2019, de 27 de junio, por la que se abre convocatoria de subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos (ref. BDNS 464912).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7912  publicado el 08/07/2019)
  • RESOLUCIÓN EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7900  publicado el 19/06/2019)
  • LEY 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • DECRET LEGISLATIU 3/2002, de 24 de desembre, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de finances públiques de Catalunya.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3791 ANNEX  publicado el 31/12/2002)
  • ORDEN ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6890  publicado el 11/06/2015)
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  276  publicado el 18/11/2003)
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  176  publicado el 25/07/2006)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • DECRETO 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5170  publicado el 10/07/2008)
  • RESOLUCIÓN EXI/1580/2020, de 1 de julio, por la que se modifica la Resolución EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8171  publicado el 07/07/2020)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Éstas subvenciones tienen por objeto conceder subvenciones a los programas concertados entre la ACCD y las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) implantadas en Cataluña en iniciativas estratégicas de carácter bienal que incorporen el enfoque de género y basado en derechos humanos y que pongan en relación procesos de cambio en países socios con Cataluña y/o de alcance internacional. Se valorará la integración de la acción humanitaria, desarrollo y educación para el desarrollo (EpD), y se podrán contemplar en las intervenciones, de forma coherente, estrategias de reducción de riesgos de desastres, protección, recuperación temprana o rehabilitación, así como actuaciones de sensibilización, educación, investigación, incidencia y movilización social

Se ha publicado en el e-Tablero la Propuesta de Resolución provisional de concesión de subvenciones a programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos para los años 2019-2020.

Los plazos para hacer alegaciones es hasta el 8 de diciembre y el de concertación es hasta el 23 de diciembre, ambos inclusive.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Unió Europea i Acció Exterior
  • Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament
¿A quién va dirigido?
Entidades

A las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) y las agrupaciones de ONGD sin personalidad jurídica diferenciada

Plazos

El plazo para presentar la solicitud de subvención es del 9 al 29 de julio, ambos incluidos

Documentación

Junto con el formulario de solicitud de subvención, las entidades solicitantes tendrán que aportar la siguiente documentación:

  1. Anteprograma narrativo.
  2. Presupuesto completo del anteprograma desglosado por partidas.
  3. Matriz de planificación y cronograma.
  4. Si procede, porque el anteprograma se presenta en agrupación, Documento de identificación de las entidades agrupadas.

Documentos

Primer informe de seguimiento

Matriz de seguimiento y cronograma

Informe económico de seguimiento

Segundo informe de seguimiento

Matriz de seguimiento y cronograma

Informe final

Matriz de seguimiento y cronograma

Informe final económico

Modelo de recibo

Acta de transferencia y vinculación de los bienes a la finalidad del proyecto

Acreditación de valorizaciones

Liquidación de dietes y desplazamientos

Liquidación de dietes y desplazamientos colectivos

Declaración responsable de reintegro voluntario de la subvención

Certificado de execución de la subvención otorgada

Receipt form

Record of transfer and assignment of the goods to the aim of the project

Valuation acreditation

Payment of expenses and travels costs

Payment of collective expenses and travels costs

Responsable declaration of voluntary refund of subsidy

Modèle de reçu

Procès-verbal de cession et d’assignation des biens à la finalité du projet

Accréditation d’estimations

Liquidation d’indeminités et de frais de déplacement

Liquidation d’indeminités et de frais de déplacement collectifs

Déclaration responsable de remboursement volontaire de la subvention

Modelo de recibo

Ata de transferència e vinculação de bens para a finalidade do projeto

Acreditação de valorizações

Liquidação de diàries e despeses de deslocamentos

Liquidação de diàries e despeses de deslocamentos coletivos

Requisitos

Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades solicitantes tienen que ser ONGD o agrupaciones de ONGD sin personalidad jurídica diferenciada, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que prevé la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, gestionado por la ACCD, o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo. La inscripción al registro debe ser efectiva en la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria en el DOGC.

  2. Cumplir acumulativamente con los siguientes requisitos de arraigo en Cataluña:

    b.1) Tener sede social central o delegación permanente en Cataluña inscrita en el registro oficial correspondiente.

    b.2) Contar con una base social (personas asociadas, voluntariado o asimilable) del ONGD en Cataluña. La entidad, tanto si tiene sede social central como delegación permanente en Cataluña, debe poder acreditar a un número mínimo de 25 personas entre todas estas categorías.

    b.3) Haber desarrollado un mínimo de 15 actividades en Cataluña durante el año anterior al de la correspondiente convocatoria. Se entiende por actividad: una formación, un taller, una exposición, una charla o actividades análogas. Se consideran actividades diferenciadas la misma actuación desarrollada en diferentes zonas del territorio.

  3. Acreditar un mínimo de 3 años de experiencia de trabajo, a cumplir durante el año de la correspondiente convocatoria, en el ámbito de la cooperación al desarrollo en el país y sector donde se presenta la solicitud de subvención. En caso de agrupación, las entidades conjuntamente, no individualmente, deben acreditar la experiencia en el país y/o sector. No se aceptará como entidad beneficiaria (incluidas las entidades agrupadas) aquella entidad que no acredite experiencia ni en el país ni en el sector.

  4. Acreditar un mínimo de 2 años de experiencia de la contraparte local en el sector donde presenta la solicitud de subvención. En caso de que el anteprograma tenga más de una contraparte, cada una debe acreditar la experiencia en el sector en el país donde trabaja.

  5. La entidad beneficiaria (incluidas las entidades agrupadas) debe aportar financiación propia al programa de un mínimo del 5% sobre el importe total pedido a la ACCD, ya sea de manera dineraria o valorizada. En caso de agrupación, las entidades que integran a la agrupación deben aportar conjuntamente, no individualmente, financiación propia al anteprograma de un mínimo de un 5%, ya sea de manera dineraria o valorizada. No se considerará entidad beneficiaria (incluidas las agrupadas) la entidad que no acredite la aportación de financiación propia.

  6. Haber obtenido un volumen de financiación pública mínima de 300.000 euros en la suma de los últimos 3 años procedentes de subvenciones públicas. En caso de agrupación, el mínimo de 300.000 euros se podrá calcular sumando el volumen de la financiación pública en los últimos 3 años de las entidades que integran a la agrupación. No se considerará entidad beneficiaria (incluidas las agrupadas) la entidad que no acredite haber recibido financiación pública en los últimos 3 años.

  7. La entidad beneficiaria (incluidas las entidades agrupadas) debe ejecutar el presupuesto de la subvención.

  8. Cumplir con las disposiciones previstas en el Estatuto de los Cooperantes, y especialmente a los derechos previstos para los y las cooperantes, según se define en el artículo 2 del Real decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se regula el Estatuto de los Cooperantes.

  9. No estar sometida a ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

  10. En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas trabajadoras, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.

  11. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir, en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  12. Cumplir lo que establecen los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, respecto de los centros laborales, y en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.

  13. En el supuesto de fundaciones y asociaciones en qué proceda la obligación, haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, del 19 de julio, de modificación del anterior.

  14. En el supuesto de fundaciones, cuando proceda la obligación, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales al Protectorado de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

  15. No haber sido sancionadas ni condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11.1 de la Ley 17/2015, del 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  16. Dado que el importe solicitado es superior a 10.000 euros, la entidad solicitante deberá declarar responsablemente las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, de acuerdo con lo que establece la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a los efectos de hacerlas públicas.

  17. Que las personas de la entidad que desarrollen actividades que impliquen contacto habitual con menores no hayan sido condenadas por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual y que, en caso de que cambie alguna persona adscrita al programa, la entidad se compromete a hacer la comprobación oportuna en este sentido.

  18. Presentar declaración sobre si se han pedido o se han obtenido otras subvenciones públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

  19. Adherirse al código ético de la ACCD al que las entidades beneficiarias de subvenciones deben adecuar la actividad (http://cooperaciocatalana.gencat.cat/web/.content/Documents/20170117_CodiEtic.pdf) y a los principios éticos y reglas de conducta a los que las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas deben adecuar la actividad, contenidos en el anexo del Acuerdo de Gobierno 85/2016, de 28 de junio (DOGC núm. 7152, de 30.6.2016).

  20. En caso de que la actividad objeto de la subvención utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

  21. Declarar que son ciertos y completos los datos que se detallan en la solicitud, así como en toda la documentación aportada.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de esta base comportan la inadmisión de la solicitud, previa resolución.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solcitar la subvención

    Plazos
    Del 09/07/2019 al 29/07/2019

    Por Internet

    Formulario de solicitud de la subvención

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud de la subvención

    La solicitud de la subvención la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de solicitud y la siguiente documentación:

    • Anteprograma narrativo.
    • Presupuesto completo del anteprograma desglosado por partidas.
    • Matriz de planificación y cronograma.
    • Si procede, porque el anteprograma se presenta en agrupación, Documento de identificación de las entidades agrupadas.

     

    Presencialmente

    La solicitud de la subvención la tenéis que presentar mediante el formulario de solicitud y la siguiente documentación:

    • Anteprograma narrativo.
    • Presupuesto completo del anteprograma desglosado por partidas.
    • Matriz de planificación y cronograma.
    • Si procede, porque el anteprograma se presenta en agrupación, Documento de identificación de las entidades agrupadas.

    Formulario presencial de solicitud de la subvención

    Anteprograma narrativo

    Presupuesto completo del anteprograma desglosado por partidas

    Matriz de planificación y cronograma

    Documento identificactivo de las entidades agrupadas

  2. 2

    Segundo paso

    Aportar documentación

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Para aportar documentación, hacer alegaciones o desistir de la subvención, tenéis que presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y hará falta que anexéis el resto de documentación que consideráis pertinente.

    Presencialmente

    Para aportar documentación, hacer alegaciones o desistir de la subvención, tenéis que presentar el formulario de aportación de documentación y hará falta que anexéis el resto de documentación que consideráis pertinente.

    Formulario presencial de aportación de documentación

  3. 3

    Tercer paso

    Aceptar la propuesta de subvención i la reformulación

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Las entidades propuestas como beneficiarias de las subvenciones aceptarán la subvención mediante la presentación de la reformulación del programa. Hay que aportar la siguiente documentación:

    • Reformulación del programa narrativo, presupuesto del programa, matriz de planificación y cronograma. (hacer enlace formulario).
    • El resto de documentación que se haya indicado en la resolución provisional, de acuerdo con los términos establecidos en la base 12.7 del anexo 3.

    La reformulación del programa se tendrá que trabajar de manera concertada con la ACCD y tiene que permitir ajustar, de común acuerdo, el anteprograma a las prioridades definidas en las bases y a las posibilidades de implicación de la ACCD. La ACCD tendrá que aprobar la reformulación del programa y la documentación de la base 12.7 del anexo 3 en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución provisional.

    Programa narrativo

    Pressupuesto reformulado del programa desglosado por partidas y por actividades

    Matríz de planificación y el cronograma

    Solicitud de tranferencia bancaria

    Presencialmente

    Las entidades propuestas como beneficiarias de las subvenciones aceptarán la subvención mediante la presentación de la reformulación del programa. Hay que aportar la siguiente documentación:

    • Reformulación del programa narrativo, presupuesto del programa, matriz de planificación y cronograma. (hacer enlace formulario).
    • El resto de documentación que se haya indicado en la resolución provisional, de acuerdo con los términos establecidos en la base 12.7 del anexo 3.

    La reformulación del programa se tendrá que trabajar de manera concertada con la ACCD y tiene que permitir ajustar, de común acuerdo, el anteprograma a las prioridades definidas en las bases y a las posibilidades de implicación de la ACCD. La ACCD tendrá que aprobar la reformulación del programa y la documentación de la base 12.7 del anexo 3 en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución provisional.

    Formulario de aportación de documentación presencial

    Programa narrativo

    Presupuesto reformulado del programa desglosado por partidas y por actividades

    Matriz de planificación y el cronograma

    Solicitud de transferencia bancaria

  4. 4

    Cuarto paso

    Solicitar vista del expediente

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    La solicitud de vista del expediente la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación (hacer enlace al formulario) y la siguiente documentación:

    • Documento con los datos identificativos del expediente en lo que se quiere acceder

    Presencialmente

    La solicitud de vista del expediente la tenéis que presentar mediante el formulario de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Documento con los datos identificativos del expediente en lo que se quiere acceder

    Formulario de aportación de documentación presencial

    Documento con los datos identificativos del expediente al que se quiere acceder

  5. 5

    Quinto paso

    Recibir la respuesta de la Administració

    De acuerdo con lo que establece la base 15 del Anexo 3 de la Resolución EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de [...]

    De acuerdo con lo que establece la base 15 del Anexo 3 de la Resolución EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos, la resolución de la convocatoria corresponde al órgano que determine la correspondiente convocatoria y tiene que contener la lista definitiva de programas queridos, la lista definitiva de programas denegados por no haber alcanzado la puntuación mínima, y también la lista de los programas que, formando la lista de reserva, se los deniega la subvención por insuficiencia de crédito. La resolución definitiva se tiene que basar, necesariamente, en la propuesta definitiva de concesión de subvención elevada por el órgano instructor.

    La resolución y la notificación de las subvenciones se tienen que efectuar en el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. De acuerdo con lo que establece el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, una vez transcurrido este plazo de seis (6) meses sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se tienen que entender desestimadas.

    La ACCD notificará la resolución de la convocatoria a las entidades beneficiarias por tablón electrónico.

  6. 6

    Sexto paso

    Recibir la ayuda

    De acuerdo con lo que establece la base 18 del Anexo 3 de la Resolución EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de [...]

    De acuerdo con lo que establece la base 18 del Anexo 3 de la Resolución EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos, el pago de las subvenciones consistirá:

    • En un primer pago en concepto de la anualidad correspondiente al ejercicio de la convocatoria. El pago se hará a adelanto del 100% del importe de la primera anualidad y se tramitará a partir de la resolución de la convocatoria.
    • El segundo pago se tramitará en aprobarse para la ACCD, si procede, el informe de seguimiento en que se justifique un mínimo del 40% del importe correspondiente a la primera anualidad subvencionada por la ACCD. El segundo pago corresponderá al 95% del importe de la segunda anualidad y también se tramitará a adelanto.
    • El tercer pago se hará efectivo con la aprobación por la ACCD, si procede, del informe final del programa y de la documentación que establece la base 20.3 del anexo 3. El tercero y último pago corresponderá al 5% del importe de la segunda y detrás de anualidad.

    Vista la naturaleza de las entidades beneficiarias, no se solicitarán avales ni garantías en el pago de los adelantos.

    La entidad beneficiaria tendrá que abrir obligatoriamente una cuenta específica para la gestión del programa y duró el nombre del programa. La subvención se paga mediante transferencia bancaria de la ACCD a la cuenta corriente indicada con esta finalidad por la entidad beneficiaria.

    Las entidades beneficiarias, para recibir el importe de las subvenciones, tienen que estar al corriente de las obligaciones con la Administración tributaria y la social en el momento que la ACCD realice las comprobaciones correspondientes con la Administración tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, así como no tener deudas de ningún tipo con la Generalitat de Catalunya ni subvenciones pendientes de justificar en la ACCD. No habrá que aportar los certificados acreditativos en el caso de la autorización a la ACCD mediante la firma de la solicitud de subvención.

  7. 7

    Séptimo paso

    Presentar recurso

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Para presentar un recurso a la subvención, tenéis que presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y hará falta que anexéis el resto de documentación que consideráis pertinente.

    Presencialmente

    Para presentar un recurso a la subvención, tenéis que presentar el formulario de aportación de documentación y hará falta que anexéis el resto de documentación que consideráis pertinente.

    Formulario de aportación de documentación

  8. 8

    Octavo paso

    Presentar el primer informe de seguimiento

    Por Internet

    Formulario electrónico de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de aportación de documentación

    El primer informe de seguimiento, que tendrá que justificar un mínimo del 40% del importe correspondiente a la primera anualidad subvencionada por la ACCD, libera el segundo pago del adelanto se tiene que presentar antes del 15 de octubre del año siguiente en que se abra convocatoria.

    La presentación de la documentación de las actuaciones de seguimiento la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación y la documentación siguiente:

    • Primer informe de seguimiento
    • Matriz de seguimento y cronograma
    • Informe económico de seguimiento

    Presencialmente

    El primer informe de seguimiento, que tendrá que justificar un mínimo del 40% del importe correspondiente a la primera anualidad subvencionada por la ACCD, libera el segundo pago del adelanto se tiene que presentar antes del 15 de octubre del año siguiente en que se abra convocatoria.

    La presentación de la documentación de las actuaciones de seguimiento la tenéis que presentar mediante el formulario de aportación de documentación y la documentación siguiente:

    • Primer informe de seguimiento
    • Matriz de seguimento y cronograma
    • Informe económico de seguimiento

    Formulario de aportación de documentación

    Primer informe de seguimiento

    Matriz de seguimento y cronograma

    Informe económico de seguimiento

  9. 9

    Paso 9

    Presentar el segundo informe de seguimiento

    Por Internet

    Formulario electrónico de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de aportación de documentación

    En caso que a fecha 1 de noviembre del segundo año a contar desde que se abre la convocatoria, el programa continúe en ejecución, habrá que presentar un nuevo informe de seguimiento antes del 30 de noviembre del mencionado año.

    La presentación de la documentación de las actuaciones de seguimiento la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación y la documentación siguiente:

    • Segundo informe de seguimiento
    •  
    • Matriz de seguimiento y cronograma

    Presencialmente

    En caso que a fecha 1 de noviembre del segundo año a contar desde que se abre la convocatoria, el programa continúe en ejecución, habrá que presentar un nuevo informe de seguimiento antes del 30 de noviembre del mencionado año.

    La presentación de la documentación de las actuaciones de seguimiento la tenéis que presentar mediante el formulario de aportación de documentación y la documentación siguiente:

    • Segundo informe de seguimiento
    • Matriz de seguimiento y cronograma

    Formulario de aportación de documentación

    Segundo informe de seguimiento

    Matriz de seguimiento y cronograma

  10. 10

    Paso 10

    Justificar la subvención según cuenta justificativa con informe auditoría

    Por Internet

    Formulario electrónico de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de aportación de documentación

    La presentación de la documentación de justificación según la modalidad cuenta justificativa con informe auditoría, lo tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Informe final
    • Matriz de seguimiento y cronograma
    • Informe final económico

    Presencialmente

    La presentación de la documentación de justificación según la modalidad cuenta justificativa con informe auditoría, lo tenéis que presentar mediante el formulario de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Informe final
    • Matriz de seguimiento y cronograma
    • Informe final económico

    Formulario de aportación de documentación

    Informe final

    Matriz de seguimiento y cronograma

    Informe final económico

  11. 11

    Paso 11

    Justificar la subvención según estados contables

    Por Internet

    Formulario electrónico de de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de de aportación de documentación

    La presentación de la documentación de justificativo según la modalidad cuenta justificativa auditoría, lo tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Informe final
    • Matriz de seguimiento y cronograma

    Presencialmente

    La presentación de la documentación de justificativo según la modalidad cuenta justificativa auditoría, lo tenéis que presentar mediante el formulario de de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Informe final
    • Matriz de seguimiento y cronograma

    Formulario de de aportación de documentación

    Informe final

    Matriz de seguimiento y cronograma

Fecha de actualización 13.07.2020
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes