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21974 - 21974-Impost-habitatges-buits Departament d'Economia i Finances accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Autoliquidar el impuesto
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
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Impuesto sobre las viviendas vacías

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Normativa

  • Normativa del impuesto sobre viviendas vacías

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El impuesto sobre las viviendas vacías graba el incumplimiento de la función social de la propiedad de las viviendas por el hecho de permanecer desocupados de forma permanente. Es aplicable en el ámbito territorial de Cataluña.

La presentación e ingreso de la autoliquidación se debe efectuar entre los días 1 y 20 del mes de marzo siguiente a la fecha de devengo del impuesto.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Economia i Finances
  • Agència Tributària de Catalunya (ATC)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A las personas jurídicas propietarias de viviendas vacías sin causa justificada durante más de dos años.

Plazos

La presentación e ingreso de la autoliquidación se debe efectuar entre los días 1 y 20 del mes de marzo  siguiente a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre).

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Puede consultar toda la información sobre el impuesto (hecho imponible, sujeto pasivo, exenciones, base imponible, cuota íntegra y bonificaciones, etc.) en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: 
Impuesto sobre las viviendas vacías

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Autoliquidar el impuesto

    Por Internet

    Impuesto sobre las viviendas vacías. Información y acceso al trámite telemático (sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña)

    Iniciar . Acceder a Impuesto sobre las viviendas vacías. Información y acceso al trámite telemático (sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña)

    Puede consultarse la información sobre el impuesto y los trámites relacionados en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña. 

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?No hay respuesta si el contribuyente efectúa correctamente el trámite.

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
    No hay respuesta si el contribuyente efectúa correctamente el trámite.

    ¿Qué respuesta se recibe?
    En caso de que la liquidación sea errónea se producirá una actuación administrativa.

    ¿Se puede presentar un recurso?
    Se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al que se reciba la notificación del acto que se impugna, o, de manera alternativa al recurso, una reclamación económico-administrativa. Se puede considerar desestimado por silencio el recurso de reposición si, pasado un mes desde la presentación, la Administración no ha notificado una resolución expresa. Sin embargo, la denegación presunta no exime a la Administración de la obligación que tiene de resolver expresamente los recursos.

Fecha de actualización 30.01.2020
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