¿Qué tienes que saber?
Tributo propio de la Generalitat de Catalunya, cuyo objeto es grabar las emisiones de dióxido de carbono que producen los vehículos de tracción mecánica y que inciden en el incremento de las emisiones de gases con efecto de invernadero. Este tributo tiene carácter finalista y tiene que nutrir a partes iguales el Fondo climático y el Fondo de patrimonio natural.
El impuesto se gestiona mediante padrón y es elaborado y aprobado por la Agencia Tributaria de Cataluña a partir de los datos de que dispone.
Calendario del impuesto:
- 1 de mayo: publicación del padrón provisional e indicación de la fecha límite para presentar alegaciones (solicitudes de modificación)
- 1 de septiembre: publicación del padrón definitivo
- A partir del 15 de septiembre, inicio del período de pago
Organismo responsable
A las personas (físicas o jurídicas) que a lo largo del ejercicio fueran titulares de un turismo, motocicleta o furgoneta y que tuvieran su domicilio fiscal en Cataluña. También están obligadas al pago del impuesto las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña que tuvieran un establecimiento, sucursal u oficina y que tuvieran vehículos registrados en Cataluña en aquella fecha.
- 1 de mayo: publicación del padrón provisional e indicación de la fecha límite para presentar alegaciones (solicitudes de modificación)
- 1 de septiembre: publicación del padrón definitivo
- A partir del 15 de septiembre, inicio del período de pago
No hay tasas asociadas a este trámite.
Puede consultar toda la información sobre el tributo y los trámites relacionados en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña:
Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica
Pasos a realizar
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Primer paso
Consultar el padrón provisional
El padrón provisional es la recopilación de la información de los vehículos y de sus titulares referida a 31 de diciembre de cada año que la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) elabora y aprueba (a [...]
El padrón provisional es la recopilación de la información de los vehículos y de sus titulares referida a 31 de diciembre de cada año que la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) elabora y aprueba (a partir de la información facilitada por la DGT, Jefatura Central de Tráfico).
El padrón provisional se publica a partir del 1 de mayo del año siguiente en la sede electrónica de la ATC y permite consultar la cuota que corresponde ingresar previa identificación de su titular. Las personas interesadas disponen de un plazo de 15 días hábiles para presentar solicitudes de modificación del padrón (alegaciones a la propuesta de liquidación), en caso de que detecten que hay un error en los datos.
El trámite se puede realizar telemáticamente, desde la misma consulta del padrón provisional.
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Segundo paso
Consultar el padrón definitivo
El padrón definitivo, que se publica el 1 de septiembre, permite consultar el importe que corresponde pagar, consultar el detalle de los datos del vehículo, realizar el pago y otras gestiones [...]
El padrón definitivo, que se publica el 1 de septiembre, permite consultar el importe que corresponde pagar, consultar el detalle de los datos del vehículo, realizar el pago y otras gestiones relacionadas con el impuesto.
En el padrón definitivo únicamente constan los vehículos que generan obligación de pago.
Las liquidaciones contenidas en el padrón definitivo son susceptibles de recurso de reposición potestativo ante el jefe o jefa de la Oficina Central de Gestión Tributaria o de reclamación económico-administrativa ante la Junta de Tributos de Cataluña.
Puede consultar toda la información relacionada en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña:
Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica