¿Qué tienes que saber?
- El trámite 'Justificar la subvención' es el proceso por el cual los beneficiarios a los cuales se los ha otorgado la ayuda acreditan que han adquirido el vehículo eléctrico o han realizado la instalación subvencionada. Para hacerlo, tienen que presentar la documentación requerida, como por ejemplo facturas y otros justificantes especificados en la convocatoria, dentro de los plazos establecidos. Solo con una justificación correcta se puede recibir el pago de la ayuda.
- El trámite 'Adjuntar documentación' es el proceso para aportar documentos adicionales a su expediente, como por ejemplo si ha recibido un requerimiento en el que le solicitan algún documento que sea erróneo o que no se haya adjuntado. Esta opción no es la correcta para justificar su subvención; para hacerlo, debe ir a la opción 'Justificar la subvención'.
Todas las solicitudes serán telemáticas y tendrán que presentarse mediante firma digital. En función del tipo de beneficiario se utilizará un canal u otro según se recoge en la convocatoria.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Plazo de solicitud: El Programa MOVES III ha finalizado el 23/01/2025 en vez del 30/06/2025 debido a la derogación del Real decreto ley 9/2024. Por lo tanto, no se pueden hacer nuevas solicitudes.
Subvenciones para las siguientes actuaciones:
- Actuación 1: adquisición de vehículos eléctricos o híbridos enchufables.
- Actuación 2: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Pueden ser beneficiarios/as de las actuaciones 1 y 2:
- Familias e instituciones sin fin de lucro y otros entes corporativos (personas físicas, comunidades de propietarios, etc.).
- Empresas privadas (profesionales autónomos y personas jurídicas).
- Sector público estatal.
- Entidades autónomas de la Generalidad de Cataluña y Servicio Catalán de la Salud.
- Otras entidades del sector público o adscritas en Universidades públicas y en otras entidades participadas.
- Entidades dependientes de corporaciones locales y corporaciones locales.
De acuerdo con el artículo 3 de la Resolución ACC/2914/2021 del 27 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria del año 2021 para la concesión de subvenciones del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III).
Este trámite puede solicitarse en cualquier momento
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
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Primer paso
Justificar la subvenció (Adquisició de vehicles)