¿Qué tienes que saber?
Las batidas de caza mayor previstas que se tengan que llevar a cabo durante el periodo hábil de caza, de acuerdo con el plan técnico de gestión cinegética vigente del área privada de caza donde se desarrollen, se tienen que comunicar con la máxima previsión posible, y en todo caso antes del inicio, en el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. En esta comunicación hay que indicar la matrícula del terreno cinegético, la fecha, el horario previsto, la especie cinegética, la durada y el paratge de la batida.
Esta comunicación tiene carácter meramente informativo de la previsión de batida, y se puede dar el caso que la batida no se acabe realizando o ser realice en otra zona dentro de la APC. Asimismo, la batida efectiva se podrá llevar a cabo en cualquier parte del terreno de la APC, teniendo en cuenta que el punto de referencia comunicado, en el caso que se haya rellenado, es orientativo de la posible ubicación dentro de la APC.
Esta comunicación se aplica en las reservas nacionales de caza, en las zonas de caza controlada y en las áreas privadas de caza dentro de los espacios naturales protegidos con órgano de gestión propio listados en el anexo 3 de la Resolución ACC/929/2023, de 17 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2023-2024 en todo el territorio de Cataluña.
A la persona o entidad titular del aprovechamiento cinegético o a la persona en quien delegue, en terrenos que, en su totalidad o en parte, estén incluidos dentro de reservas nacionales de caza, zonas de caza controlada y áreas privadas de caza dentro de espacios naturales protegidos con órgano de gestión propio listados en el anexo 3 de la Resolución ACC /929/2023, de 17 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2023-2024 en todo el territorio de Cataluña..
La comunicación de la batida se tiene que hacer con la máxima previsión posible, y en todo caso antes del inicio, durante toda la temporada de caza (desde el primer domingo de septiembre hasta el último domingo del mes de marzo, ambos incluidos).
Esta comunicación se aplica en las zonas y períodos que seguidamente se describen:
- En las reservas nacionales de caza y las zonas de caza controlada: desde el 3 de septiembre de 2023 hasta la fecha de finalización de la temporada de caza mayor que determina el correspondiente plan técnico de gestión cinegética (PTGC) anual.
- En los espacios naturales protegidos con órgano de gestión propio listados en el anexo 3 de la Resolución ACC/929/2023, de 17 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábles de caza y las vedas especiales para la temporada 2023-2024 en todo el territorio de Cataluña: del 3 de diciembre de 2023 al 31 de marzo de 2024.
No existen documentos asociados a este trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Comunicar
Antes del inicio de la batida, durante toda la temporada de caza (desde el primer domingo de septiembre hasta el último domingo de marzo, ambos incluidos).
Antes del inicio de la batida, durante toda la temporada de caza (desde el primer domingo de septiembre hasta el último domingo de marzo, ambos incluidos).
Este trámite sólo se puede hacer por internet. Hace falta que dispongáis de idCATMòbil.
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Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe? Un mensaje automático conforme la comunicación ha sido registrada. ¿Se puede presentar un recurso? No.
¿Qué respuesta se recibe?Un mensaje automático conforme la comunicación ha sido registrada.¿Se puede presentar un recurso?No.