¿Qué tienes que saber?
El objetivo es fomentar la apicultura por su contribución ambiental, ecológica y de fomento de la diversidad biológica vegetal. Está diseñada para conservar un equilibrio entre polinizadores silvestres y las colonias de la abeja melífera, a fin de que convivan sin entrar en competencia por los recursos. La apicultura sostenible pretende favorecer razas y ecotipos locales más vulnerables a las amenazas.
Plazo: del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.
Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Para acceder a la aplicación hace falta que os identifiquéis con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Personas titulares de explotaciones apícolas.
Del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.
El número mínimo de colmenas de 150.
Únicamente se subvencionará el uso de la raza autóctona Apis mellifera iberiensis, y sus variedades y ecotipos locales.
Las colmenas subvencionables son las que estén presentes en el Registro de explotaciones ganaderas (RER) a 31 de diciembre del año anterior de la convocatoria.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2025 al 15/05/2025 -
Segundo paso
Consultar el expediente y aportar documentación
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cómo y cuándo se recibe la respuesta de la Administración?La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.
¿Cómo y cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de junio de 2024.
¿Se puede presentar un recurso?
Contra la resolución, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento podrá interponerse en cualquier momento a partir de la fecha en que se agote el plazo para resolver y notificar, tal y como establece el apartado anterior.

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