¿Qué tienes que saber?
El objetivo es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de bovino de engorde
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.
Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Agricultores activos titulares de explotaciones de vacuno extensivas* que engorden los terneros en la explotación de nacimiento y figuren inscritas en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) del tipo “producción y reproducción”, con clasificación zootécnica “reproducción para producción de carne” o “reproducción para producción de leche” o “reproducción para producción mixta”. Excepcionalmente se considera la clasificación zootécnica "engorde".
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.
Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.
- Disponer de 3 o más animales elegibles en la explotación entre 01/10 y 30/09.
- Bovinos de 6 a 24 meses de edad, engordados mínimo 90 días en la explotación o en un engordador comunitario, y sacrificados a matadero o exportados entre 01/10 del año anterior y el 30/09 del año de solicitud.
- Animales inscritos en el GTR con destino sacrificio en matadero o exportación, bien de forma directa oa través de intermediarios, registrados en el REGA del tipo de producción reproducción para la producción de carne, mixta o leche clasificadas como extensivas o asimilables tal y como se establezca en la normativa de ordenación de explotaciones de ganado vacuno en elaboración y explotaciones tipo pasto.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2025 al 15/05/2025 -
Segundo paso
Consultar el expediente y aportar documentación
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cómo y cuándo se notifica la concesión de la ayuda?La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.
¿Cómo y cuándo se notifica la concesión de la ayuda?
La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
¿Se puede interponer un recurso?
Contra la resolución, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganaadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento podrá interponerse en cualquier momento a partir de la fecha en que se agote el plazo para resolver y notificar, tal como establece el apartado anterior.

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