¿Qué tienes que saber?
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 31 de mayo de 2024.
Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Se podrán beneficiar de las ayudas las personas titulares de explotaciones agrarias con cultivos herbáceos dentro de la zona ZEPA de los secanos occidentales (Planes de la Unilla, secanos de la Noguera, secanos de Mas de Melons-Alfés y Secans del Segrià y Utxesa) y de los secanos orientales (Anglesola-Vilagrassa, Bellmunt-Almenara, Plans de Sió y Secans de Belianes-Preixana), así como gestores de tierras o agrupaciones de gestores de tierras.
Se pueden acoger a las personas con compromisos de contrato de explotación vigentes, provenientes de subrogación o por renovación de compromisos.
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 31 de mayo del 2024.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Si es solicitante de superficies provenientes de subrogación: plan agroambiental en el que se describe la situación de partida de la explotación, así como los objetivos a alcanzar.
Comunes:
- Presentar la solicitud única de acuerdo con el orden reguladora.
- La superficie que se acoja a esta medida debe haber sido dedicada al cultivo, en barbecho o al aprovechamiento ganadero durante los 2 últimos años, y deben haber sido declaradas en la DUN estos últimos dos años.
Gestión de cereales y superficies libres de siembra:
- Realizar las tareas establecidas en esta actuación como mínimo al 50% de la superficie de cultivos de cereal de inviernos de la explotación que se encuentran en la ZEPA de la Plana Agrícola de Red Natura 2000.
- La superficie mínima en la que se llevó a cabo la actuación es de 2 hectáreas de cereales de inviernos (con inclusión de su correspondiente superficie libre de siembra).
Gestión del barbecho:
- La superficie mínima donde se lleva a cabo la actuación es de 0,5 hectáreas de barbecho.
- Los barbechos con cubierta herbácea se podrán cambiar de ubicación (recinto) después de tres años agrícolas seguidos manteniendo los criterios generales.
- El levantamiento de los barbechos para su conversión en cultivo se deberá realizar siempre a partir del 1 de septiembre.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2024 al 31/05/2024 -
Segundo paso
Consultar el expediente y aportar documentación
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?La Administración tiene un plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
La Administración tiene un plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para emitir la resolución y notificarla al interesado por escrito. Si no emite ninguna respuesta se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.¿Qué respuesta se recibe?
La persona interesada recibirá una notificación por escrito con la resolución de la Secreataría de Agenda Rural sobre si se conceden o no las ayudas.¿Se puede interponer un recurso?
Contra la resolución de la persona titular de la Secretaría de Agenda Rural, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un más a contar a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.En el caso de silencio administrativo el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural se podrá interponer en el plazo de tres meses a contar a partir de la fecha en que se agote el plazo por resolver y notificar que establezca el apartado anterior.

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