¿Qué tienes que saber?
El objetivo es garantizar la viabilidad económica de estas explotaciones y reducir el riesgo de abandono de la actividad.
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.
Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Agricultores activos titulares de explotaciones de vacuno de carne que figuren inscritas en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) del tipo de “producción y reproducción”, con clasificación zootécnica de “reproducción por producción de carne”, “reproducción por producción mixta” o “reposición de bravas”, clasificadas como extensivas.
Plazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril del 2025.
Plazo ampliado hasta el 15 de mayo de 2025. Del 15 al 31 de mayo se podrán presentar nuevas solicitudes únicas con penalización.
- Vacas nodrizas inscritas en el GTR.
- Haber parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de solicitud que pertenezcan a un morfotipo cárnico proceder de cruce con alguno de estos morfotipos.
- Determinación de los jefes con derecho a la ayuda (INFOLAC): o Leche declarada entre 01/10 año anterior de solicitud y 30/09 del año de solicitud o, o Ventas directas declaradas durante la año natural anterior a la solicitud única (rendimiento medio español en 6.500 kg).
- Animales inscritos en el libro genealógico a 01/01 del año de solicitud, según ARCA y la asociación oficial para su gestión (complemento de raza).
- Formar parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne.
- Animales presentes en la explotación en tres fechas: 1 de enero, 30 de abril ( jóvenes y nuevos) y fecha a intermedia a determinar
- “Braves” (máximo 15% de las vacas nodrizas elegibles).
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2025 al 15/05/2025 -
Segundo paso
Consultar el expediente y aportar documentación
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
Para consultar el expediente y aportar documentación puede entrar en LaMevaDUN.
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cómo y cuándo se recibe la respuesta de la Administración?La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.
¿Cómo y cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
La resolución de los expedientes de las ayudas, una vez estimadas las solicitudes, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural.La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se hará entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
¿Se puede interponer un recurso?

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