¿Qué tienes que saber?
Solicitud de devolución de los importes pagados en un centro asistencial no perteneciente a la red sanitaria pública después de recibir una atención asistencial urgente y de carácter vital.
A las personas que han tenido que recibir una atención urgente de carácter vital en un centro que no pertenece al sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT).
Se puede solicitar en cualquier momento siempre que no hayan transcurrido más de 5 años de la finalización de la asistencia.
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
- El informe clínico del centro que ha prestado la atención.
- Las facturas y los recibos que justifiquen los gastos correspondientes.
Si la solicitud se aprueba:
- La Solicitud de transferencia bancaria para pagos de prestaciones complementarias y reintegros (debe estar firmada y sellada por la entidad bancaria).
- Que la atención recibida sea urgente y de carácter vital.
- Que se entregue toda la documentación.
- Que en el momento de recibir la asistencia, al ciudadano sea asegurado o beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) o titular de la TSI.
- Que el servicio o la prestación recibida esté prevista en la Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de la Salud.
- Que no se haya presentado ninguna otra solicitud de reembolso ni reclamación de pago del gasto a otra organismo o entidad de la Administración Pública.
- Que no haya ningún tercero responsable obligado al pago.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Se comprobará que no fue posible utilizar los servicios sanitarios públicos y que los servicios sanitarios empleados no constituyen una utilización desviada o abusiva.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuando se recibe la respuesta de la Administración?En un plazo máximo de 90 días desde la comprobación de la validez de la documentación.
¿Cuando se recibe la respuesta de la Administración?
En un plazo máximo de 90 días desde la comprobación de la validez de la documentación.¿Qué respuesta se recibe?
Una resolución aprobatoria o denegatoria a su solicitud. Si es aprobatoria posteriormente recibirá el ingreso en la cuenta que especificó.¿Se puede presentar un recurso?
Se puede interponer una reclamación previa a la vía judicial laboral, ante la Gerencia de la Región Sanitaria correspondiente, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la notificación de la resolución.En el plazo de 30 días siguientes a la notificación denegatoria de esta reclamación previa, se puede interponer demanda ante el juzgado social correspondiente.