¿Qué tienes que saber?
El titular o explotador de un recurso minero o de un establecimiento de beneficio, puede subcontratar una parte de los trabajos a otras empresas. Esta subcontratación debe formalizarse mediante un contrato en el que se especifique claramente cuál es el tipo de trabajo que se subcontrata y la duración prevista. Este hecho debe ponerse en conocimiento de la autoridad competente con una comunicación, en la que se harán constar los datos de la explotación, del titular o explotador, del director facultativo y del titular de la empresa subcontratada , declarando que el director facultativo y el titular de la empresa subcontratada se comprometen a cumplir tanto el reglamento de normas básicas de seguridad minera como la normativa de prevención de riesgos laborales vigentes.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computarà a efectos de fecha de presentación.
A titulares / explotadores de derechos mineros que quieran subcontratar una parte de los trabajos a realizar.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
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Contrato de trabajo
Es necesaria la presentación del contrato de trabajo firmado entre la empresa contratada y el titular de la explotación, cuando los trabajos sean de explotación o de investigación.
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario firmar el formulario principal con un certificado digital de:
- Persona física
- Persona jurídica
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- A Canal Empresa (con idCAT Móvil / o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI / NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
La presentación de la Comunicación ante la OGE, supondrá la aceptación por parte de la autoridad minera del inicio inmediato de los trabajos subcontratados.
La presentación de la Comunicación ante la OGE, supondrá la aceptación por parte de la autoridad minera del inicio inmediato de los trabajos subcontratados.