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  • Actividades de promoción extintivas: rebajas, liquidaciones, saldos y excedentes
8963 - Activitats de promoció extintives: rebaixes, liquidacions, saldos i excedents Departament d'Empresa i Treball accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Comunicar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Actividades de promoción extintivas: rebajas, liquidaciones, saldos y excedentes

Comunicar una venta en liquidación

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Normativa

  • LEY 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7426  publicado el 03/08/2017)
  • Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  15  publicado el 17/01/1996)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las rebajas, liquidaciones, saldos y venta de excedentes son actividades promocionales con finalidad extintiva para dar salida a los stocks. En el caso de las liquidaciones, hay que comunicarlo previamente a la Administración. En los otros casos, únicamente hay que cumplir con la normativa.    

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Para garantizar que estáis usando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que los tengáis que utilizar os los descargáis. Si reutilizáis los documentos por otras ocasiones se puede dar el caso que presentáis una versión obsoleta.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Direcció General de Comerç
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A los titulares de establecimientos comerciales ubicados en Cataluña, que realicen algún tipo de venta en liquidación

Plazos

La venta en liquidación se tiene que comunicar al departamento competente en materia de comercio con quince días de antelación a la fecha en que se inicia y se tienen que hacer constar las causas que la motivan.

Tasas

No hay tasas asociadas en este trámite.

Altres informacions
La venta en liquidación es la venta de carácter excepcional y de finalidad extintiva de las existencias de productos del establecimiento afectado que, anunciada con esta denominación, se produce como consecuencia de la ejecución de una decisión judicial o administrativa, o cuando se mujer alguna de las circunstancias siguientes:
a) El cese total de la actividad de la empresa o el cierre de alguno de sus establecimientos.
b) El cambio de local comercial o la ejecución de obras la dimensión de las cuales comportan el cierre total o parcial del establecimiento durante un mínimo de una semana.
c) La transformación sustancial de la empresa o del establecimiento comercial que comporta un cambio de la estructura o de la orientación del negocio. Si el cambio de orientación implica dejar de comercializar una gama de productos, sólo estos productos pueden ser objeto de liquidación.
d) La ejecución de obras ajenas al establecimiento que afectan directamente el normal funcionamiento si la duración, real o prevista, de estas obras supera los tres meses.
@e) La liquidación que decide hacer un comerciante que se hace cargo de un negocio traspasado o adquirido, según el caso, o la que deciden hacer los herederos de un comerciante difunto.
f) En caso de fuerza mayor que imposibilita el ejercicio normal de la actividad comercial. Se entiende por situaciones de fuerza mayor aquellas que inutilizan temporalmente una parte importante o la totalidad de la zona de ventas del local.

Los productos que se incluirán a la venta en liquidación tienen que encontrarse actualmente en el stock del establecimiento.duración máxima de la venta en liquidación será de un año.

No se procedente efectuar una nueva liquidación en el mismo establecimiento de productos similares al anterior en el curso de los tres años siguientes, excepto cuando esta última liquidación se realice en ejecución de decisión judicial o administrativa, por cese total de la actividad o a causa de fuerza mayor

Condiciones para la venta en liquidación

• Que se produzca alguna de las circunstancias legalmente establecidas.
• Acreditar, a requerimiento de la inspección, la concurrencia efectiva del cumplimiento de los requisitos de la venta       en liquidación previamente comunicada al Departamento competente en materia de comercio.
 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con idCATMóvil o un certificado digital de:

    • Persona física
    • Persona jurídica
    • Persona vinculada a una organización con capacidad de representación

    Por Internet

    Descargar el formulario de comunicación

    Iniciar . Acceder a Descargar el formulario de comunicación

    ¿Cómo hacerlo?

    1. Descargar el formulari de Canal Empresa (se  puede acceder clicando en el enlace que hay en este mismo apartado)*
    2. Rellenar el formulario, validarlo y guardarlo.
    3. Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario, recuperar el formulario guardado y enviarlo siguiendo las intrucciones indicadas en el paso 3 de la ágina de tramitación. Cabe recordad que en el momento de enviar el formulario es necesario autenticarse con un certificado autorizado, ya sea un certificado digital o   IdCat Móvil.
    4. En el momento de enviar el formulario,  la persona que efectúe el trámite recibirá un acuse de recibo y copia del formulario enviado.

    En caso que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste o no puede esperar a hacer el trámite, puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que tendrán que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde 'Mi carpeta'.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.

     

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Se puede consultar el estado del trámite:

    Se puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    Una vez se ha examinado y verificado, se entiende que la comunicación de venta se ha efectuado en el mismo momento de realizar el trámite.

    Una vez se ha examinado y verificado, se entiende que la comunicación de venta se ha efectuado en el mismo momento de realizar el trámite.

Fecha de actualización 18.12.2018
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