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  • Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza
8449 - Autoliquidació de la taxa per activitats de control i inspecció sanitària en escorxadors i establiments de manipulació de la caça Departament de Salut accio
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Pasos a realizar

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Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza

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Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza

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Normativa

  • ORDRE SLT/904/2008, de 25 de març, per la qual s'aprova el model d'autoliquidació de la taxa per activitats de control i inspecció sanitària en escorxadors, sales d'especejament i establiments de transformació de la caça i altres establiments alimentaris subjectes a control oficial.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5161  publicado el 27/06/2008)
  • DECRETO 277/1999, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3002  publicado el 26/10/1999)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Este servicio consiste en el cálculo  y la impresión de la autoliquidación de la tasa de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza, establecida por la normativa en materia de tasas.

 

El artículo 8 de La Ley 3/2023, del 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023, ha modificado el apartado 1 del artículo 21.7-5 correspondiente a las deducciones de las tasas por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece y establecimientos de manipulación de caza sujetas a control oficial reguladas en el título XXI, capítulo VII, del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, del 25 de junio.

Podéis consultar estas deducciones, que se aplicarán a partir del 18 de marzo de 2023, en el siguiente enlace:

Modificaciones de las deducciones de las tasas por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza sujetas a control oficial.



Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Para realizar las autoliquidaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, los cuales son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre tienes que descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la solicitud y/o comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.
No es necesario que dispongas de idCAT Móvil o certificado digital.

 

En caso de duda puedes consultar los apartados de Soporte a la tramitación y Ayuda del Canal Empresa,  o llamar al servicio de atención telefónica del 012 (llamadas desde Cataluña), 93 214 21 24 (llamadas de fuera de Cataluña), 00 34 93 214 21 24 (llamadas desde el extranjero).

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Direcció de Serveis
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A los sujetos pasivos titulares de los establecimientos, ya sean personas físicas o jurídicas, donde se realicen las operaciones de sacrificio, salas de despiece o manipulación de la caza, que sean objeto de actuaciones de control e inspección sanitarios por parte del Departamento de Salud.

Estas entidades tienen la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para hacer cualquier trámite de un procedimiento administrativo, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015), de acuerdo con los artículos 72 y 73 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital (DOGC n.º 8195, de 6 de agosto) y la Orden PDA/20/2019, de 14 de febrero (DOGC nº 7814, de 20 de febrero).

Plazos

La presentación de la autoliquidación y el pago de los importes resultantes deben realizarse entre el 1 y el 15 del mes siguiente al trimestre natural liquidado o día hábil immediatamente posterior.

 

 

Documentación

Modelo de solicitud de autoliquidación de la tasa con los datos.

 

Tasas

El importe de las tasas varían en función de los datos de producción de las actividades, que correspondan al trimestre que se tenga que liquidar y las calcula el formulario mismo.

Se puede pagar la taxa mediante una de las siguientes modalitades:


Con carta de pago:


La carta de pago se genera automáticamente y queda incluida en el acuse de recibimiento de la solicitud presentada.

El pago de la tasa se tiene que hacer:

  • Mediante la página de Línia Oberta con tarjeta de crédito o débito de qualquier entidad bancaria.
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se puede hacer con una tarjeta de crédito o débito de qualquierl entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.
  • Desde el apartado Pagos del Àrea privada, se podrá descargar una carta de pago y realizarlo a través de otros medios que se hagan constar en el documento.


Con BIZUUM:

Puedes elegir esta forma de pago al enviar el formulario. Tienes que tener tu móvil a mano.

La plataforma te solicitará el número de teléfono que tengas asociado a la cuenta bancaria a la que quieres cargar el importe.

Una vez que introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continúa con la compra’. Es posible que debas autorizar la operación con tu aplicación bancaria.

Una vez la autoliquidación ha sido enviada y pagada, el trámite se ha realizado correctamente. En el supuesto de que, una vez transcurrida el plazo voluntario de pago establecido legalmente, este no se haya efectuado, se iniciará el procedimiento de recaudación en ejecutiva, de acuerdo con el artículo 30 del al Decreto 277/1999, de 28 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento sobre tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña.

En caso de duda o aclaración sobre la tasa, puedes contactar con la Sección de Tasas y Otros Ingresos, del Departamento de Salud, por correo electrónico: taxes_patrimoni.salut@gencat.cat

 

Presentación fuera de plazo

Siempre que no haya habido requerimiento previo por parte de la administración, puedes presentar la autoliquidación fuera de plazo voluntario de pago mediante el formulario “Liquidar la tasa fuera de plazo” en el apartado de “Formularios y documentación relacionada”.
Este formulario, según el trimestre a liquidar que se informe y la fecha en que efectues la presentación de la autoliquidación, calculará el recargo correspondiente, de acuerdo con el arte. 27.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

• En los casos en que hayan transcurrido menos de 12 meses desde la finalización del periodo voluntario de pago del trimestre a liquidar, será de un 1% + un 1% por mes transcurrido.


• En los casos en que hayan transcurrido más de 12 meses, el recargo será de un 15% + los intereses de demora calculados desde el 12.º mis fines el momento de la liquidación.

Recuerda que el código de barras generado en la carta de pago del formulario para declaraciones extemporáneas tiene una validez de 24 horas, transcurridas las cuales,  no se aceptará el pago en la entidad bancaria. Por lo tanto, hace falta que tramites la presentación y el pago de la autoliquidación dentro del mismo día, o máximo 24 horas. En caso contrario, se añadirá, a los recargos anteriores, el recargo ejecutivo del 5%, de acuerdo con el artículo 161.1.b de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la autoliquidación de la tasa

    Este trámite se puede hacer por internet sin certificado digital.
    Si tienes dudas o problemas con la tramitación, puedes consultar:

    Ayuda del Canal Empresa

    Soporte a la tramitación

     

    Por Internet

    Autoliquidar la tasa del segon trimestre: Del 01/07/2025 al 15/07/2025

    Iniciar . Acceder a Autoliquidar la tasa del segon trimestre: Del 01/07/2025 al 15/07/2025

    Liquidar fuera de plazo (formulario html)

    Iniciar . Acceder a Liquidar fuera de plazo (formulario html)

    ¿Cómo se hace?

    Para hacer la autoliquidación has de seguir los pasos siguientes:

    1. Accede al formulario electrónico de pago de Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza.

    2. Para rellenar el formulario en PDF hay varias opciones:

    • Abrirlo y llenarlo directamente en línea.
    • Descargarlo y rellenarlo en local.

    3. Rellena el formulario con los datos que identifiquen el sujeto pasivo y el representante legal, cuando conste, el establecimiento con su domicilio, el número de Registro Sanitario de Industrias y Productos Alimenticios de Cataluña y los datos de producción de las actividades que correspondan del trimestre que se tenga que liquidar.

    4. Comprueba los datos del formulario y, si hace falta, enmiéndalos.

    5. Generar la hoja de autoliquidación para obtener el acuse de recibimiento:

    • Si se estás de acuerdo con los datos, tienes que pulsar el botón "validar". Una vez validado, el formulario se bloqueará. Se puede pulsar el botón “desbloquear” con el fin de modificar los datos.
    • Una vez validado, se tiene que guardar la hoja de autoliquidación y cargarlo en Tràmits Gencat y enviar la autoliquidación de forma telemática.
    • Finalmente, si el resultado es satisfactorio  obtendrás el acuse de recibo del trámite.

    6. Realiza el pago a través de un terminal ServiCaixa (ver paso 2 com hacer el pago de la tasa). En este caso, el resguardo expedido por el terminal sirve como comprobante del pago. También se puede hacer el pago a través de Internet a la web de la Caja: Pagos on-line.


    Podrás tramitar la autoliquidación, también en el caso que el importe a liquidar sea “0” (sin actividad de sacrificio o manipulación de caza). La presentación de la autoliquidación es obligatoria, a pesar de no haya actividad en el trimestre.

    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás  toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias del servicio para el año correspondiente y aséalas por el campo “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

     

    En el caso de que no puedas realizar el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a intentarlo más tarde. 

  2. 2

    Segundo paso

    Realizar el pago

    Por Internet:

    Por Internet:

    A través del mismo web donde has realizado el trámite

    • Pagar en el mismo momento de la solicitud de autoliquidación de las tasas
    • Con tarjeta bancaria: acceded al enlace se mostrará en la pantalla después de enviar la solicitud.
    • Desde el apartado Pagos del Área privada,  podrás descargar una carta de pago y realizarlo a través de otros medios que se hagan constar en el documento.

    A través del web de ‘CaixaBank’

    Con el acuse de recibo, se emite una carta de pago con un código de barras con el importe que se debe pagar:

    • Si eres usuario de ‘CaixaBancNow’ (antigua línia oberta de la Caixa), podrás pagar con el código pin del acuse de recibo.
    • Si no eres usuario ‘CaixaBancNow’, se puede hacer con tarjeta bancaria.


    Con Bizum

    Puedes elegir esta forma de pago al enviar el formulario. Tienes que tener tu móvil a mano.

    La plataforma te solicitará el número de teléfono que tengas asociado a la cuenta bancaria a la que quieres cargar el importe.

    Una vez que introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continúa con la compra’. Es posible que debas autorizar la operación con tu aplicación bancaria.

Fecha de actualización 30.06.2025
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