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  • Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza
8449 - Autoliquidació de la taxa per activitats de control i inspecció sanitària en escorxadors i establiments de manipulació de la caça Departament de Salut accio
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Pasos a realizar

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Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza

Solicitar la autoliquidación de la tasa

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Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza

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  • Autoliquidar la tasa del primer trimestre: Del 01/04/2026 al 15/04/2026

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  • Autoliquidar la tasa del segundo trimestre: Del 01/07/2026 al 15/07/2026

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  • Autoliquidar la tasa del tercer trimestre: Del 01/10 al 15/10/2026

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  • Autoliquidar la tasa del cuarto trimestre: Del 01/01 al 15/01/2027

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  • Fuera de plazo: Autoliquidar/liquidar la tasa

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  • Autoliquidar la taxa del primer trimestre: Del 01/04 al 15/04/2027

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Normativa

  • ORDRE SLT/904/2008, de 25 de març, per la qual s'aprova el model d'autoliquidació de la taxa per activitats de control i inspecció sanitària en escorxadors, sales d'especejament i establiments de transformació de la caça i altres establiments alimentaris subjectes a control oficial.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5161  publicado el 27/06/2008)
  • DECRETO 277/1999, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3002  publicado el 26/10/1999)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Este servicio consiste en el cálculo  y la impresión de la autoliquidación de la tasa de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza, establecida por la normativa en materia de tasas.

 

Aviso: Se tiene que presentar una autoliquidación por establecimiento, es decir, por cada RSIPAC asociado a la actividad objeto de la tasa

 

El artículo 8 de La Ley 3/2023, del 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023, ha modificado el apartado 1 del artículo 21.7-5 correspondiente a las deducciones de las tasas por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece y establecimientos de manipulación de caza sujetas a control oficial reguladas en el título XXI, capítulo VII, del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, del 25 de junio.

Podéis consultar estas deducciones, que se aplicarán a partir del 18 de marzo de 2023, en el siguiente enlace:

Modificaciones de las deducciones de las tasas por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y establecimientos de manipulación de caza sujetas a control oficial.



Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

No es necesario que dispongas de idCAT Móvil o certificado digital.

IMPORTANTE:  En el formulario de autoliquidación han de constar los datos de la persona jurídica titular del RSIPAC, dado que es la responsable del establecimiento.





Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Direcció de Serveis
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  • A los sujetos pasivos titulares de los establecimientos, ya sean personas físicas o jurídicas, donde se realicen las operaciones de sacrificio, salas de despiece o manipulación de la caza, que sean objeto de actuaciones de control e inspección sanitarios por parte del Departamento de Salud.

 

Plazos

La presentación de la autoliquidación y el pago de los importes resultantes deben realizarse entre el 1 y el 15 del mes siguiente al trimestre natural liquidado o día hábil immediatamente posterior.

 

 

Documentación

 

 

Tasas

El importe de las tasas varían en función de los datos de producción de las actividades, que correspondan al trimestre que se tenga que liquidar y las calcula el formulario mismo.

Se puede pagar la taxa mediante una de las siguientes modalitades:


Con carta de pago:


La carta de pago se genera automáticamente y queda incluida en el acuse de recibimiento de la solicitud presentada.

El pago de la tasa se tiene que hacer:

  • Mediante la página de Línia Oberta con tarjeta de crédito o débito de qualquier entidad bancaria.
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se puede hacer con una tarjeta de crédito o débito de qualquierl entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.
  • Desde el apartado Pagos del Àrea privada, se podrá descargar una carta de pago y realizarlo a través de otros medios que se hagan constar en el documento.


Con BIZUUM:

Puedes elegir esta forma de pago al enviar el formulario. Tienes que tener tu móvil a mano.

La plataforma te solicitará el número de teléfono que tengas asociado a la cuenta bancaria a la que quieres cargar el importe.

Una vez que introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continúa con la compra’. Es posible que debas autorizar la operación con tu aplicación bancaria.

Una vez la autoliquidación ha sido enviada y pagada, el trámite se ha realizado correctamente. En el supuesto de que, una vez transcurrida el plazo voluntario de pago establecido legalmente, este no se haya efectuado, se iniciará el procedimiento de recaudación en ejecutiva, de acuerdo con el artículo 30 del al Decreto 277/1999, de 28 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento sobre tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña.

En caso de duda o aclaración sobre la tasa, puedes contactar con la Sección de Tasas y Otros Ingresos, del Departamento de Salud, por correo electrónico: taxes_patrimoni.salut@gencat.cat

 

Presentación fuera de plazo

Podéis presentarla fuera del plazo voluntario de pago al formulario Liquidar fuera de plazo, si la Administración no os lo ha requerido previamente. Con este formulario podréis calcular tanto la tasa como el recargo correspondiente, que será de:

  • 1% + 1% por mes transcurrido, cuando el periodo desde el fin del periodo voluntario de pago sea inferior a 12 meses.
  • 15% + los intereses de demora calculados desde el 12.º mes hasta el momento de la liquidación, cuando el plazo desde el fin del periodo voluntario de pago sea superior a 12 meses.
 
En estos casos, el código de barras generado en la carta de pago es válido durante las 24 horas siguientes. En caso de que no paguéis dentro de este plazo, se añadirá al recargo anterior uno ejecutivo del 5%.
 
 

 

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicita la autoliquidación de la tasa

    IMPORTANTE:  En el formulario de autoliquidación han de constar los datos de la persona jurídica titular del RSIPAC, dado que es la responsable del establecimiento.

     

    Este trámite se puede hacer por internet sin certificado digital.
    Si tienes dudas o problemas con la tramitación, puedes consultar:

    Ayuda del Canal Empresa

    Soporte a la tramitación

     

    Por Internet

    Autoliquidar la tasa del primer trimestre: Del 01/04/2026 al 15/04/2026

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    Autoliquidar la tasa del segundo trimestre: Del 01/07/2026 al 15/07/2026

    Iniciar . Acceder a Autoliquidar la tasa del segundo trimestre: Del 01/07/2026 al 15/07/2026

    Autoliquidar la tasa del tercer trimestre: Del 01/10 al 15/10/2026

    Iniciar . Acceder a Autoliquidar la tasa del tercer trimestre: Del 01/10 al 15/10/2026

    Autoliquidar la tasa del cuarto trimestre: Del 01/01 al 15/01/2027

    Iniciar . Acceder a Autoliquidar la tasa del cuarto trimestre: Del 01/01 al 15/01/2027

    Fuera de plazo: Autoliquidar/liquidar la tasa

    Iniciar . Acceder a Fuera de plazo: Autoliquidar/liquidar la tasa

    Autoliquidar la taxa del primer trimestre: Del 01/04 al 15/04/2027

    Iniciar . Acceder a Autoliquidar la taxa del primer trimestre: Del 01/04 al 15/04/2027

    Paso 1: Rellenar el formulario en línia 

    1. Rellena el formulario con los datos que identifiquen el sujeto pasivo y el representante legal, cuando conste, el establecimiento con su domicilio, el número de Registro Sanitario de Industrias y Productos Alimenticios de Cataluña y los datos de producción de las actividades que correspondan del trimestre que se tenga que liquidar.

    2. Comprueba los datos del formulario y, si hace falta, enmiéndalos, valida y guarda el formulario.

    3. Envia el formulario:

    • Si faltan datos obligatorios o algún dato no es correcto, verás un mensaje de error y se resaltarán los campos que debes revisar.
    • Si el resultado es satisfactorio obtendrás el acuse de recibo del trámite.

    4. Consulta en caso de duda: 

    Si tienes dudas, consulta el apartado “Formularios que se rellenan desde el web” de Trámites gencat.

    5. Realiza el pago a través de un terminal ServiCaixa (ver paso 2 com hacer el pago de la tasa). En este caso, el resguardo expedido por el terminal sirve como comprobante del pago. También se puede hacer el pago a través de Internet a la web de la Caja: Pagos on-line.


    Podrás tramitar la autoliquidación, también en el caso que el importe a liquidar sea “0” (sin actividad de sacrificio o manipulación de caza). La presentación de la autoliquidación es obligatoria, a pesar de no haya actividad en el trimestre.

     

    Pas 2: Confirmar la tramitación efectuada

    1. Recibo de registro:
      • Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparecerá el recibo de registro en la pantalla (necesitas Adobe Acrobat para abrirlo).
      • Guarda o imprime este documento, ya que contiene:
        • El registro de entrada (fecha de inicio del procedimiento).
        • El código identificador del trámite (para conocer el estado de la tramitación desde el Área privada).

    2. Errores en la solicitud:
      • Si la solicitud contiene algún error, el envío no se hará y aparecerá un mensaje indicando el error.

    Si tienes problemas técnicos, inténtalo más tarde o comprueba si hay algún corte del servicio en el apartado avisos de la sede electrónica.

    Para cualquier duda o incidencia técnica, consulta el web de suport o truca al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Pagar la autoliquidación

    Por Internet:

    Por Internet:

    A través del mismo web donde has realizado el trámite

    • Pagar en el mismo momento de la solicitud de autoliquidación de las tasas
    • Con tarjeta bancaria: acceded al enlace se mostrará en la pantalla después de enviar la solicitud.
    • Desde el apartado Pagos del Área privada,  podrás descargar una carta de pago y realizarlo a través de otros medios que se hagan constar en el documento.

    A través del web de ‘CaixaBank’

    Con el acuse de recibo, se emite una carta de pago con un código de barras con el importe que se debe pagar:

    • Si eres usuario de ‘CaixaBancNow’ (antigua línia oberta de la Caixa), podrás pagar con el código pin del acuse de recibo.
    • Si no eres usuario ‘CaixaBancNow’, se puede hacer con tarjeta bancaria.


    Con Bizum

    Puedes elegir esta forma de pago al enviar el formulario. Tienes que tener tu móvil a mano.

    La plataforma te solicitará el número de teléfono que tengas asociado a la cuenta bancaria a la que quieres cargar el importe.

    Una vez que introduzcas el número de teléfono, pulsa el botón ‘Continúa con la compra’. Es posible que debas autorizar la operación con tu aplicación bancaria.

Fecha de actualización 29.06.2026
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