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  • Autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje por motivos científicos, de gestión o educativos
8741 - Autorització per a la captura d'exemplars de la fauna salvatge per motius científics, de gestió o educatius Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar la solicitud
  2. 2. Consulta del estada del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
  4. 4. Presentar el informe de las capturas efectuadas
  • Ir a: Solicitar la autorización
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Autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje por motivos científicos, de gestión o educativos

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Autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje por motivos científicos, de gestión o educativos

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Normativa

  • Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  62  publicado el 14/03/2017)
  • DECRETO LEGISLATIVO 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5113  publicado el 17/04/2008)
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  299  publicado el 14/12/2007)
  • Decreto 148/1992, de 9 de junio, por el que se regulan las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar a las especies de la fauna salvaje.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1618  publicado el 13/07/1992)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La captura de fauna salvaje de Cataluña protegida o no protegida por la normativa vigente y con finalidad científica, de gestión o educativa requiere una autorización nominal y específica otorgada por el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

En caso de que la captura deba realizarse en un espacio incluido en el Plan de espacios de interés natural de Cataluña, también debe solicitarse una autorización de actividades en espacios naturales protegidos al órgano gestor del espacio correspondiente.

Las autorizaciones están vigentes desde la fecha de emisión de la resolución de la solicitud presentada hasta el 31 de diciembre del año en curso. Excepcionalmente, en el caso de proyectos de investigación que duren varios años, se valorará que la autorización de captura sea válida durante todo el período de duración del proyecto.

Para la captura de especies cinegéticas, pescables en aguas continentales o pescables en aguas marinas no debe solicitarse autorización en este trámite. Pueden consultarse los trámites específicos para estas autorizaciones en el siguiente enlace.

Si se quiere acceder a recursos genéticos procedentes de ejemplares silvestres, es necesario cumplir el Protocolo de Nagoya y solicitar autorización al ministerio competente en biodiversidad, ya sea con fines comerciales o sin estos usos.

Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Está habilitado para que pueda recibir ayuda en una oficina de atención presencial, donde la persona que lo atienda puede realizar la tramitación en su nombre, con su consentimiento.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarlo por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones

A personas físicas y jurídicas.

Plazos

Como mínimo un mes antes de realizar las capturas.

Documentación
Documentos a presentar para empezar el trámite
  • Aval que acredite las actividades de la captura y que dispone de los medios necesarios para llevarla a cabo (obligatorio).
    Escrito de una entidad científica o de una entidad en el ámbito de la conservación que responda de la solvencia e importancia del proyecto y del/de la solicitante de la captura
Información Complementaria

Una vez finalizado el periodo de vigencia de la autorización se debe presentar un informe de capturas efectuadas (consulte el Paso 4).

Requisitos

Requisitos informativos
  • El solicitante ha de estar avalado por una persona de una entidad científica reconocida que responde de su solvencia y de la importancia del proyecto.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar la solicitud

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

    Para enviar el formulario tiene que identificarse con el idCAT Móvil o un certificado digital de Persona Física, Persona Jurídica o Persona Vinculada. Solo puede identificarse con idCAT Móvil si es una persona física. 

    Por Internet

    Solicitud de autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje

    Iniciar . Acceder a Solicitud de autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje

    Cómo se debe hacer:

    Acceda al formulario clicando en el botón "Acceder" y siga las instrucciones.

    Puede acceder a los vídeos tutoriales de Canal Empresa.

    Recuerde:

    • Debe disponer previamente de certificado digital de persona física, jurídica o vinculada o idCAT móvil si es una persona física 
    • Debe adjuntar al formulario la documentación que se especifica en el apartado "Documentación". El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los adjuntos es de 5 MB.

    Una vez que haya enviado el formulario aparecerá una página que mostrará los datos del trámite (ID) y el documento de acuse de recibo que debe guardar.

    Requisitos para ordenadores Apple con sistema operativo OSX (MAC):

    1. Tener actualizado y operativo el navegador Mozilla Firefox.

    En caso de que firme con certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre:

    1. Hay que tener instalada una versión actualizada de MacOS. Si tiene una versión anterior 10.14 Mojave de MAC, deberá instalar certificados raíces correspondientes.
    2. Descargue e instale el certificado en el MAC. A partir de este momento, puede firmar el documento PDF y enviarlo.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

    Presencialmente

    Si a la hora de descargar el formulario le aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones.

    Si necesitas información o ayuda para tramitar, puedes pedir cita en las oficinas de atención ciudadana.

    Te recomendamos pedir cita para que no tengas que esperarte.

    Para presentar la documentación puedes dirigirte directamente:

    • En el registro electrónico de la administración u organismo al que se dirijan, así como en el resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    • A las oficinas de asistencia en materia de registro o en cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • En las oficinas de correos, tal y como se establezca reglamentariamente.
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Consulta las direcciones.

    Solicitud de autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Servei de Fauna i Flora . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a la Cerdanya . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials d'Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural a la Catalunya Central . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Secció de Biodiversitat i Medi Natural de Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana del Districte Administratiu . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consulta del estada del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil/o certificado digital) si es autónomo, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
    • En el 'Área privada' (con idCAT Móvil/o certificado digital), si es un particular.
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?

    La Administración tiene tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución y notificarla. Si transcurrido este plazo no se ha recibido la resolución mencionada, se produce silencio desestimatorio. La desestimación por silencio administrativo permite a los interesados ​​interponer el recurso de alzada correspondiente. La resolución expresa posterior al vencimiento del plazo que debe adoptar la Administración puede ser estimatoria o desestimatoria. El plazo de tres meses quedará suspendido cuando se haya requerido al interesado para la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios por el tiempo que transcurra entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por parte del destinatario.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración le enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si ha indicado su dirección de correo electrónico o su teléfono móvil en la solicitud, recibirá un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispone de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no ha accedido a la notificación, se entenderá que la ha rechazado.
        • Si tiene dudas, puede consultar la web de soporte a la tramitación.
    • Correo postal (si es un particular y no ha pedido relacionarse con la administración electrónicamente): recibirá la notificación en la dirección que haya indicado en la solicitud.

    ¿Se puede interponer recurso?

    Contra la resolución o el silencio administrativo se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaria de Medio Ambiente y Sostenibilidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.

  4. 4

    Cuarto paso

    Presentar el informe de las capturas efectuadas

    Una vez finalizado el periodo de vigencia de la autorización se presentará un informe de las capturas efectuadas. Este informe debe detallar el resultado de las capturas en virtud de la autorización [...]

    Una vez finalizado el periodo de vigencia de la autorización se presentará un informe de las capturas efectuadas. Este informe debe detallar el resultado de las capturas en virtud de la autorización de captura emitida. Hay que adjuntar copia de los trabajos realizados.

    ¿Cómo se presenta el informe?

    Debe guardarlo en la carpeta del expediente, como respuesta al requerimiento de la Administración, a la que puede acceder desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o el área privada de Canal Empresa, mediante:

    • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
    • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
Fecha de actualización 29.05.2024

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