¿Qué tienes que saber?
La certificación de denominación social de cooperativa es el primer paso para constituir una cooperativa. Identifica el tipo de forma jurídica y la sociedad en concreto. Es un certificado que acredita que no hay ninguna otra sociedad inscrita e el registro correspondiente con la misma denominación de la cooperativa que se está constituyendo.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).
La denominación social que consta en los estatutos de la cooperativa debe coincidir exactamente con la de la certificación de denominación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A las personas que quieran constituir una cooperativa, o a aquellas cooperativas ya constituidas que quieran cambiar la denominación social.
Se puede solicitar en cualquier momento.
- El certificado de nombre de una cooperativa tiene una vigencia de cuatro meses para incorporarse a la escritura pública de constitución de cooperativa o de modificación de estatutos por cambio de nombre. Se puede solicitar una prórroga de esta certificación cuando han pasado los cuatro meses que tiene el administrado para incorporar la certificación en la escritura pública de constitución o cuando todavía no han pasado pero cree que no lo podrá realizar dentro del plazo establecido.
- En el plazo máximo de 12 meses, a contar desde la fecha de expedición de la certificación, se deberá haber presentado a inscripción la sociedad o el cambio de nombre en el registro de cooperativas competente.
En caso contrario, la certificación de denominación vencerá. - No se debe confundir la denominación social con el nombre comercial inscrito en el Registro de la Propiedad Industrial. Los nombres comerciales, como títulos de propiedad industrial, son independientes de los nombres de las sociedades inscritas. Solo cuando el nombre comercial se haya registrado, confiere el derecho exclusivo a utilizarlo en el tráfico económico al titular.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar el certificado
Este trámite sólo se puede hacer por internet.
No es necesario que disponga de IdCATMòbil o certificado digital. -
Segundo paso
Hacer el pago
En el momento en que se completa el trámite y se genera el acuse de recibo, se puede pagar la tasa mediante una de las siguientes modalidades:
En el momento en que se completa el trámite y se genera el acuse de recibo, se puede pagar la tasa mediante una de las siguientes modalidades:
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?El Registro Central de Cooperativas de Cataluña debe resolver y notificar la respuesta en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. [...]
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
El Registro Central de Cooperativas de Cataluña debe resolver y notificar la respuesta en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. En caso de no hacerlo dentro del plazo se entenderá que la petición ha sido aceptada por silencio positivo.
