¿Qué tienes que saber?
Esta comunicación exonera a las empresas que reúnan unas determinadas características de la obligación de someter su sistema de prevención al control de una auditoría externa.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A las empresas de hasta 50 trabajadores/as cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, que lleven a cabo las actividades preventivas con recursos propios y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte sin necesidades de recurrir a una auditoría por el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas.
Se puede comunicar en cualquier momento.
- Las empresas de hasta a cincuenta trabajadores/as cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I del Real decreto 39/1997, de 17 de enero por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención que lleven a cabo las actividades preventivas con recursos propios, y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a ninguna auditoría a causa del limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas.
- Se considera que han complido la obligación de la auditoría cuando formalizan y enviar a la autoridad laboral una notificación sobre la concurrencia de las condiciones exigidas según el modelo que establece el anexo II de este Real decreto ni precisa que la autoridad laboral aplique lo que prevé el apartado 4 de este artículo.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Comunicar
Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Es necesario que se identifique al enviar el formulario con IdCat Móvil o un certificado digital de:- Persona física.
- Persona jurídica.
- Persona vinculada.
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Segundo paso
Consulta del estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
Como se trata de una comunicación no habrá una respuesta de la Autoridad Laboral.
Como se trata de una comunicación no habrá una respuesta de la Autoridad Laboral.