¿Qué tienes que saber?
Es el trámite a través del cual la persona o empresa titular de una actividad que dispone de licencia o comunicación previa vigente, pone en conocimiento del Ayuntamiento que procede a realizar una modificación no sustancial.
Se considera modificación no sustancial las modificaciones de los establecimientos y de sus instalaciones, ya sea por transformación, adaptación o reforma, ampliación o reducción, están sometidas a esta comunicación previa cuando sean no sustanciales (excepto gran rehabilitación) de acuerdo con el qué dispone el Código técnico de la edificación.
Si la modificación que se quiere realizar se trata de una gran rehabilitación, habrá que solicitar una nueva licencia o autorización o presentar una nueva comunicación previa.
Los titulares de las actividades tendrán que consultar el Código técnico de la edificación para saber si las modificaciones que se quieren realizar son consideradas gran rehabilitación o no.
Modificación no sustancial de espectáculos públicos o actividades recreativas incluidos en la licencia o comunicación previa: La persona organizadora o titular del establecimiento tiene que formalizar comunicación previa de la modificación al Ayuntamiento que ha otorgado la licencia o ante el cual ha presentado la comunicación previa, si el nuevo espectáculo o la nueva actividad recreativa con la que se quiere modificar la licencia o la comunicación previa no están sometidas a requerimientos adicionales a los exigidos inicialmente.
En los otros casos, la ampliación o la modificación de la licencia o la comunicación previa del establecimiento, para incluir nuevos espectáculos o actividades recreativas, estará sujeta en la obtención de una nueva licencia o la formalización de una nueva comunicación previa.
La comunicación ha de formalizarse antes de realizar la modificación no substancial.
Poner el municipio donde se quiere hacer la actividad en el buscador que se encuentra más abajo. Si el ayuntamiento es FUE se podrá iniciar el trámite. En caso contrario, se dirigirá al web del ayuntamiento.
Debido a cambios en las plataformas de tramitación municipales, temporalmente este trámite para algunos ayuntamientos no está operativo en Canal Empresa. Si al seleccionar vuestro municipio os da error, podéis contactar directamente con el ayuntamiento y comunicárnoslo con una Consulta.
A las personas físicas o jurídicas titulares de una actividad.
¿Dónde puedes hacer el trámite?
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