¿Qué tienes que saber?
Se entiende por establecimientos abiertos al público no permanentes desmontables los locales o las construcciones conformados por estructuras desmontables o por instalaciones fijas portátiles, constituidas por módulos o elementos metálicos, de madera o de cualquiera otro material que permita operaciones de montaje, desmontaje o traslado, con carácter itinerante o sin. Pueden ser cubiertos totalmente o parcialmente y abiertos o cercados.
Las personas o empresas interesadas en la apertura de un establecimiento no permanente desmontable, tienen que poner en conocimiento del ayuntamiento los requisitos o elementos relativos a la apertura de un establecimiento de este tipo donde se prevé celebrar espectáculos públicos o actividades recreativas.
Poner el municipio donde se quiere hacer la actividad en el buscador que se encuentra más abajo. Si el ayuntamiento es FUE se podrá iniciar el trámite. En caso contrario, se dirigirá al web del ayuntamiento.
Debido a cambios en las plataformas de tramitación municipales, temporalmente este trámite para algunos ayuntamientos no está operativo en Canal Empresa. Si al seleccionar vuestro municipio os da error, podéis contactar directamente con el ayuntamiento y comunicárnoslo con una Consulta.
A las personas físicas o jurídicas que quieren abrir un establecimiento, local o construcción, no permanente desmontable, para realizar espectáculos públicos o actividades recreativas.
¿Dónde puedes hacer el trámite?
Selecciona tu municipio
Introduce tu municipio para obtener los pasos/trámites a seguir. Si el ayuntamiento es FUE podrás iniciar el trámite. En caso contrario, se os dirigirá a la web del ayuntamiento.