¿Qué tienes que saber?
Previamente a la calificación por edades de las obras cinematográficas para las que se quiere obtener la nacionalidad española y posteriormente optar a las ayudas y subvenciones, las empresas productoras inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña, han de declarar las fechas de inicio y finalización del rodaje.
Este hecho se ha de comunicar en un plazo no inferior a 15 días antes de la fecha considerada como el inicio del rodaje, y como máximo un mes después de que este finalice.
Nuevo: El formulario de sol·licitud se rellena desde la web (HTML)
Consultad las características técnicas
Enviar una sola declaración por proyecto audiovisual excepto los proyectos que opten por una ayuda que todos los coproductores, si es el caso, han de presentar la declaración por separado.
El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:
- Para consultas referentes al contenido y la tramitación: 93 567 35 60
- Para consultas tècnicas referentes a la tramitació telemàtica: 93 552 91 66
Organismo responsable
A empresas productoras cinematográficas inscritas en el Registro de Empresas audiovisuales de Cataluña (REAC).
Se puede solicitar en cualquier momento.
Es conveniente que la declaración de inicio de rodaje se presente 15 días antes, como mínimo, de la fecha de inicio, y que la declaración de final de rodaje se presente dentro del plazo de 30 días posteruires a la fecha de fin de rodaje. Hay convocatorias de ayudas que lo establecen como requisito.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- En proyectos de coproducción se ha de ajuntar el contrato de coproducción.
La persona que firma la declaració debe ser la persona representante legal de la empresa.
En el caso de coproducciones, hay convocatorias de ayudas que establecen como requisito que todas las empresas coproductoras estatales presenten la declaración. Si no es así, puede presentar la declaración una única empresa.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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