¿Qué tienes que saber?
Para poner en funcionamiento una vivienda de uso turístico es necesario que el propietario presente una declaración responsable al ayuntamiento competente. Las viviendas de uso turístico son viviendas cedidas por su propietario, directamente o indirectamente, a terceros, de forma reiterada y a cambio de contraprestación económica, para una estancia de temporada, en condiciones de inmediata disponibilidad y con las características que se establecen por reglamento.
Las viviendas de uso turístico se ceden enteras, y no se permite la cesión por estancias.
Se considera estancia de temporada toda ocupación por un periodo de tiempo continuo igual o inferior a 31 días, y se considera cesión reiterada cuando se cede dos o más veces dentro del periodo de un año.
Se debe recordar que para poder iniciar la actividad es necesario haber pagado la tasa al ayuntamiento correspondiente (se deben consultar las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento según el caso).
A las personas propietarias de la vivienda, tanto si son personas físicas como personas jurídicas.
¿Dónde puedes hacer el trámite?
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Introduce tu municipio para obtener los pasos/trámites a seguir. Si el ayuntamiento es FUE podrás iniciar el trámite. En caso contrario, se os dirigirá a la web del ayuntamiento.