¿Qué tienes que saber?
Es el régimen de intervención por el cual la persona interesada declara, bajo su responsabilidad, los datos del establecimiento y de la actividad y manifiesta que cumple y aplica los requisitos establecidos a la legislación sanitaria y que se compromete a mantener el cumplimiento durante el ejercicio de esta actividad.
Se aplica a los establecimientos, empresas alimentarias que manipulen, envasen, almacenen o sirvan alimentos para su venta o entrega in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio, para colectividades, así como cuando estos suministran a otros establecimientos de estas mismas características, y se trate de una actividad marginal en términos tanto económicos como de producción, respecto de la realizada por aquellos, que se lleve a cabo en el ámbito de la unidad sanitaria local, zona de salud o territorio de iguales características o finalidad que defina la autoridad competente correspondiente.
La declaración se tiene que presentar antes del inicio de la actividad si el establecimiento está sujeto a licencia, junto con la comunicación previa o declaración responsable del establecimiento si está sujeto a alguno de estos regímenes.
Poner el municipio donde se quiere hacer la actividad en el buscador que se encuentra más abajo. Si el ayuntamiento es FUE se podrá iniciar el trámite. En caso contrario, se dirigirá al web del ayuntamiento.
Debido a cambios en las plataformas de tramitación municipales, temporalmente este trámite para algunos ayuntamientos no está operativo en Canal Empresa. Si al seleccionar vuestro municipio os da error, podéis contactar directamente con el ayuntamiento y comunicárnoslo con una Consulta.
A las personas físicas o jurídicas que quieren abrir un establecimiento donde se comercializan o sirven alimentos, o su representante legal. En este caso se tiene que declarar la representación con la cual se actúa.
¿Dónde puedes hacer el trámite?
Selecciona tu municipio
Introduce tu municipio para obtener los pasos/trámites a seguir. Si el ayuntamiento es FUE podrás iniciar el trámite. En caso contrario, se os dirigirá a la web del ayuntamiento.