¿Qué tienes que saber?
Las federaciones, las confederaciones o coordinadoras de asociaciones inscritas en el Registro de asociaciones pueden solicitar su disolución. El acuerdo de disolución debe tomarlo la asamblea general.
Este trámite sólo se puede hacer por internet y con certificado digital.
No se tendrá en cuenta la documentación que no se entregue por este canal, ni computará a efectos de fecha de presentación.
- A federaciones
- A confederaciones coordinadoras de asociaciones
La inscripción de disolución se puede solicitar en cualquier momento, una vez la asamblea de la federación haya aprobado la disolución de la entidad.
Se debe adjuntar a la solicitud el certificado del acuerdo de disolución de la federación, firmado por el presidente y el secretario inscritos y con mandato vigente.
El acuerdo de dissolución debe tomarlo la asamblea general.
Si la federación ha sido declarada de utilidad pública se deberá presentar el balance de liquidación.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Inscribir
Para garantizar que está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los haya de usar se los descargue. Si reutiliza los documentos se puede dar el caso de que presente una versión obsoleta.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?En un plazo máximo de tres meses, si se cumplen los requisitos legales, se recibirá una resolución de disolución firmada por la persona titular de la Dirección General de [...]
¿Qué respuesta se recibe?
En un plazo máximo de tres meses, si se cumplen los requisitos legales, se recibirá una resolución de disolución firmada por la persona titular de la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas i Mediación.
Si no se cumplen los requisitos legales, en cambio, se recibirá un escrito en que se detallarán los aspectos a rectificar y/o la documentación necesaria que debe presentarse para que se pueda disolver la federación.Si en estos meses no hay respuesta, se entenderá que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá un mensaje por SMS o por correu electrónico que le avisará que tiene una notificación electrónica. Podrá acceder a ella a través del servicio e-NOTUM o entrando en su Área privada. En ambos casos, deberá identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.