¿Qué tienes que saber?
Cada contratista, con carácter previo a la subcontratación con un subcontratista o trabajador autónomo de parte de la obra que tenga contratada, tiene que obtener un libro de subcontratación habilitado por la autoridad laboral correspondiente al territorio en que se ejecute la obra.
La habilitación consiste en la verificación que el Libro reúne los requisitos que establece el Real decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el cual se despliega la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
Para poder solicitar la habilitación de un libro de subcontratación, es necesario que los datos de inscripción en el REA estén actualizados, ya que si no lo están, no se podrá gestionar la habilitación del libro.
En los formularios de las peticiones de habilitación, la dirección social de la empresa solicitante debe coincidir con la dirección de la inscripción en el REA.
El Libro de subcontratación se puede adquirir en librerías especializadas. La autoridad laboral no lo facilita.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A los contratistas que pretendan subcontratar parte de una obra que se ejecutará en el territorio de Cataluña.
Se puede habilitar en cualquier momento.
El Libro de subcontratación normalizado.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El libro, en su primera hoja, deberá estar cumplimentado con los datos identificativos de la obra y en los supuestos que recoge la normativa, dispondrá del número de inscripción en REA (Registro de Empresas Acreditadas). Se puede consultar este número de inscripción en https://rea.gencat.cat si la empresa está inscrita en Catalunya, o en https://expinterweb.mites.gob.es/rea/pub/consulta.htm en el caso de que la empresa esté inscrita en otra comunidad autónoma.
Los 10 hojas siguientes estarán numeradas correlativamente, firmadas y selladas por la empresa con todos los datos rellenados en el apartado A. El apartado B deberá estar totalmente en blanco.
Habilitación de otro libro por agotamiento, pérdida o solicitud de copia.
- Habilitar un segundo libro para la misma obra. Hay que presentar el libro que se agota y el nuevo y el número de orden de la última anotación tiene que ser correlativo en el libro nuevo.
- Pérdida de libro o destrucción. Hay que presentar el nuevo libro con la aportación de una declaración escrita manifestando la pérdida, robo, etc. se tiene que marcar en la casilla correspondiente (pérdida o destrucción) y se tienen que mantener las pruebas o la documentación que justifiquen la pérdida a disposición de la Autoridad Laboral.
- Copia del libro cuando se ha requerido en un proceso judicial. Tiene que solicitarse por escrito con carácter previo a la remisión del original aportando copia del requerimiento y el libro original y el nuevo ejemplar a habilitar.
Pasos a realizar
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Primer paso
Habilitar
Es necesario que se identifique al enviar el formulario con el idCat Móvil si es trabajador autónomo, o con un certificado digital de persona jurídica o de representante de la empresa, en el caso de empreses.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En la Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
Una vez hechas las comprobaciones pertinentes recibirá en la Área privada de Canal Empresa el documento que certifica la habilitación del Libro de Subcontratación.
Una vez hechas las comprobaciones pertinentes recibirá en la Área privada de Canal Empresa el documento que certifica la habilitación del Libro de Subcontratación.