¿Qué tienes que saber?
Es necesario hacer una identificación de conductor/a:
- Cuando la Administración te ha enviado un requerimiento de identificación de conductor/a.
- Cuando has recibido una notificación de denuncia pero no eres la persona que conducía el vehículo en el momento de la infracción.
Si has recibido un requerimiento de identificación de conductor/a:
Si eres titular o arrendatario a largo plazo de un vehículo y recibes un requerimiento de la Administración, tienes que facilitar los datos del conductor o conductora del vehículo en el momento de la infracción.
El hecho de incumplir este deber es una infracción muy grave. La sanción que corresponde es el doble de la prevista para la infracción originaria si esta es leve, y el triple si es grave o muy grave.
El plazo para contestar es de veinte días naturales, contados desde el siguiente al día que hayas recibido el requerimiento.
Si has recibido un requerimiento de identificación de conductor/a, no puedes pagar la sanción.
Si has recibido una notificación de denuncia y no eres la persona que conducía el vehículo en el momento de la infracción:
Puedes identificar a la persona que conducía en el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al día que hayas recibido la notificación.
Debes tener en cuenta que, si haces el pago con reducción (si procede), el procedimiento finalizará y no se atenderá la identificación.
La persona identificada dispondrá de un plazo para pagar con reducción (si procede) a partir del momento que se le notifique la denuncia.
Para saber en qué casos no hay reducción del importe, consulta el apartado Otras informaciones.
Este trámite solo puedes realizarlo presencialmente si eres una persona física.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tenéis que relacionaros con la Administración a través de medios electrónicos. Por este motivo, tenéis que utilizar el trámite electrónico previsto.
La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
El trámite de identificación de conductor/a por internet se puede hacer con contraseña o con certificado digital y también desde la app Trànsit leyendo el código QR de la notificación.
Cada formulario corresponde a un único expediente sancionador. Por lo tanto, si anexas documentación adicional relativa a otro expediente, esta documentación no se tendrá en cuenta.
Organismo responsable
A las personas interesadas en la tramitación de una sanción (un expediente sancionador) de tráfico.
Si has recibido un requerimiento de conductor/a o una notificación de denuncia y no eres la persona que conducía el vehículo en el momento de la infracción, tienes un plazo de 20 días naturales para identificar a la persona que conducía, contado desde el siguiente al día que hayas recibido la notificación.
La persona identificada como conductora dispondrá de un plazo para pagar la sanción con reducción (si procede) a partir del momento que se le notifique la denuncia.
Si recibes una notificación de denuncia y haces el pago con reducción (si procede), el procedimiento finalizará y no se atenderá la identificación.
Cada formulario hace referencia a un único expediente sancionador o denuncia y tiene efectos jurídicos solamente en este expediente. Por lo tanto, si aportas documentación relativa a otro expediente, esta documentación no se tendrá en cuenta.
- Para que la identificación sea válida, tienes que incluir el número de permiso de conducir o licencia de la persona identificada que consta en el Registro de conductores de la DGT. En caso de que sea extranjera residente, tendrás que identificarla con el NIE.
- Si la persona identificada no está inscrita en el Registro de conductores, tienes que adjuntar obligatoriamente una copia de la autorización administrativa que la habilita para conducir en España.
- En caso de que el titular del vehículo sea una empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de la autorización administrativa se puede sustituir por la copia del contrato de alquiler.
- En caso de que actúes en nombre de la persona interesada (presentador/a), tienes que adjuntar los documentos acreditativos de la representación.
No tienes que pagar tasas para este trámite.
La persona titular o persona arrendataria a largo plazo del vehículo, cuando la Administración se lo requiera, es responsable de facilitar los datos del conductor o conductora del vehículo en el momento de cometer la infracción.
Cada formulario corresponde a un único expediente sancionador. Por lo tanto, si anexas documentación adicional relativa a otro expediente, esta documentación no se tendrá en cuenta.
No puedes beneficiarte del 50% de reducción si la infracción es:
- Conducir un vehículo con inhibidores de radar o con cualquier otro mecanismo que interfiera en el buen funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. Atención: no se incluyen los sistemas de aviso que informan de dónde están los sistemas de vigilancia del tráfico.
- No identificar a quien ha sido el conductor responsable de la infracción cuando se solicite al titular del vehículo en el plazo establecido (20 días desde que recibes el requerimiento).
- Hacer obras en la vía sin la autorización del Servicio Catalán de Tráfico.
- Retirar, alterar o estropear las señales de obras (permanentes u ocasionales) de un tramo de vía.
- No instalar la señalización de obras o hacerlo incorrectamente (problemas de seguridad vial).
- Incumplir las normas del reglamento que regulan las actividades industriales que afectan a la seguridad vial.
- En caso de tener una autoescuela, no cumplir las normas que determinan la calificación de los profesores, el estado de los vehículos u otros elementos que inciden en la seguridad vial.
Pasos a realizar
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Primer paso
Identificación de conductor/a
Este trámite solo puedes realizarlo presencialmente si eres una persona física.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tenéis que relacionaros con la Administración a través de medios electrónicos. Por este motivo, tenéis que utilizar el trámite electrónico previsto.
La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
El trámite de identificación de conductor/a por internet se puede hacer con contraseña o con certificado digital y también desde la app Trànsit leyendo el código QR de la notificación.
Cada formulario corresponde a un único expediente sancionador. Por lo tanto, si anexas documentación adicional relativa a otro expediente, esta documentación no se tendrá en cuenta.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En tu Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital).
• En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
• En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
• En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si eres una persona física.
- En tu Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital).
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Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibiré de la Administración?
¿Qué respuesta recibiré de la Administración?
Si la identificación se ha realizado con los datos correctos, se archivarán las actuaciones de oficio y el expediente continuará contra la persona identificada.
Si se incumple el deber de identificar a la persona que conducía (o se hace incorrectamente), la Administración iniciará un procedimiento por una presunta infracción muy grave al titular del vehículo.
La sanción es del doble de la prevista para la infracción originaria si esta es leve, y del triple si es grave o muy grave.