¿Qué tienes que saber?
Concesión de becas para la formación de investigadores en estudios catalanes en programas doctorales de universidades del exterior del dominio lingüístico de la lengua catalana
Becas a personas graduadas en universidades de fuera del dominio lingüístico y que deseen formarse como investigadores en estudios catalanes dentro del ámbito de las ciencias humanas y sociales, inscritas en un programa doctoral de una universidad de fuera del dominio lingüístico de la lengua catalana
Pueden ser beneficiarias de estas becas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El plazo de presentación de solicitudes es del 6 al 27 de septiembre de 2021, ambos incluidos.
a) Los requisitos que deberán cumplir las personas solicitantes para optar a estas subvenciones son los siguientes:
a. Artistas visuales
- Que el/la autor/a haya recibido crítica especializada.
- Que el/la autor/a haya realizado como mínimo una actividad o proyecto individual en el circuito profesional o haya sido objeto de una publicación monográfica sobre su obra.
b. Arquitectos/as:
- Que sea miembro del Colegio de Arquitectos de Cataluña (COAC).
- Que tenga obra construida.
c. Diseñadores/as:
- Que tenga un estudio profesional en activo.
- Que tenga como mínimo un año de trayectoria como diseñador/a en el ámbito profesional.
d. Comisario/a o crítico/a:
- Que tenga crítica artística publicada en el contexto profesional.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 06/09/2021 al 27/09/2021 -
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las [...]
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas con los mismos medios y con las mismas condiciones y efectos previstos en la base 12.3 para la notificación de las resoluciones de inadmisión o desistimiento.
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Tercer paso
Recibir la subvención
El Institut Ramon Llull iniciará la tramitación del pago mediante un anticipo del 80% del importe otorgado, a partir de la notificación de la concesión, para la que no se exigen garantías. El pago [...]
El Institut Ramon Llull iniciará la tramitación del pago mediante un anticipo del 80% del importe otorgado, a partir de la notificación de la concesión, para la que no se exigen garantías. El pago del 20% restante se tramitará una vez la actividad objeto de la ayuda haya sido debidamente justificada y se haya cumplido el fin que motivó su concesión, en los términos que se indican en la base 16.
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Cuarto paso
Justificar la subvención
La persona beneficiaria deberá presentar al Institut Ramon Llull, como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una [...]
La persona beneficiaria deberá presentar al Institut Ramon Llull, como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención finaliza, como máximo, el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.