¿Qué tienes que saber?
Los organismos de control tienen que presentar mensualmente una liquidación de las tasas recaudadas y generadas como consecuencia de la actividad de inspección periódica de las instalaciones y los aparatos sometidos a reglamentación de seguridad industrial.
Estos organismos también tienen que presentar, eventualmente, liquidaciones complementarias de regularización.
Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que se tengan que utilizar se descarguen de nuevo. Si se reutilizan los documentos para otras ocasiones, puede ser que se esté usando una versión obsoleta de los mismos.
Los organismos de control deben presentar la liquidación mensual dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al del período de liquidación.
Organismo responsable
A los organismos de control que actúan en Cataluña.
Con respecto a la liquidación mensual, los organismos de control la tienen que presentar dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al del período de liquidación.
En cuanto a las liquidaciones complementarias de regularización que efectúan los organismos para corregir posibles datos erróneos, éstas pueden presentarse en cualquier momento.
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Documento de liquidación de las tasas generadas por los Organismos de Control
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Documento donde se han de agrupar todas las actuaciones realizadas por diferentes conceptos y donde se calcula el importe de las tasas a liquidar a la Generalitat, generadas por los Organismos de Control
En caso de producirse un cambio en las cuotas de las tasas en una fecha intermedia del período a liquidar, los organismos tendrán que efectuar un trámite de liquidación para cada período de mes correspondiente a cada una de las cuotas.
Pasos a realizar
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Primer paso
Liquidar
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Segundo paso
Hacer el pago
Una vez examinado y verificado el formulario y la documentación, la OGE enviará al representante del organismo dos cartas de pago: una con el importe a liquidar en concepto de tasas generadas y la [...]
Una vez examinado y verificado el formulario y la documentación, la OGE enviará al representante del organismo dos cartas de pago: una con el importe a liquidar en concepto de tasas generadas y la otra con el importe a liquidar en concepto de tasas recaudadas como sujeto pasivo sustituto.
El pago de cada uno de los importes se efectuará a través de uno de los medios de pago habilitados.
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
Una vez verificado el pago, la OGE comunicará al organismo la finalización del trámite.
Una vez verificado el pago, la OGE comunicará al organismo la finalización del trámite.