¿Qué tienes que saber?
El objetivo de los Premios en los Establecimientos Centenarios de la Generalitat de Catalunya es distinguir los establecimientos y mercados municipales en activo, que a lo largo de cien o más años han ofrecido un servicio de calidad y personalizado a sus clientes, adaptándose a los cambios en las necesidades de compra que se han ido produciendo a lo largo de su historia.
Para garantizar que estáis utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que los tengáis de utilizar os los descargáis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, se puede dar el caso de que presentáis una versión obsoleta.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportáis por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Pueden ser candidatos y candidatas y presentar las solicitudes a estos premios las personas físicas, las microempresas, las pequeñas empresas de venta al detalle o de prestación de servicios a la persona que sean titulares de establecimientos a pie de calle en Cataluña abiertos al público, y los mercados municipales, con una trayectoria de cien o más años de historia el año de la convocatoria.
Los establecimientos que han sido premiados con los Premios Nacionales en los Establecimientos Comerciales Centenarios de la Generalitat de Catalunya en alguna de las ediciones anteriores no podrán volver a presentarse a la misma categoría.
El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación correspondiente, se inicia a las 9:00 horas del día 4 de mayo de 2023 y finaliza a las 14:00 horas del día 5 de julio de 2023.
La documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Acreditación, por cualquier medio posible, de la condición de centenario del establecimiento.
- Breve memoria descriptiva de la trayectoria del establecimiento con referencia a sus titulares a lo largo del tiempo
Pueden ser candidatos y presentar las solicitudes a estos premios las microempresas, las pequeñas empresas de venta al detalle o de prestación de servicios a la persona que sean titulares de establecimientos operativos en Cataluña abiertos al público, los mercados municipales, con una trayectoria de cien o más años de historia.
Se definen como microempresas y pequeñas empresas, a efectos de estas bases, las que tienen hasta un máximo de 50 trabajadores, un volumen anual de negocio o balance consolidado que no supere los 10 millones de euros y que no estén participadas con más del 25% de su capital o de sus derechos de voto por|para otros que no reúnan los requisitos anteriores, a menos que se trate de sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o inversores institucionales.
A los efectos de estas bases reguladoras se entienden como empresas de comercio aquellas que prestan las actividades empresariales de comercio al detalle, quedando excluidos expresamente los fabricantes y mayoristas que no realizan venta al detalle.
A los efectos de estas bases se entienden como empresas de servicios a la persona aquellas que prestan las actividades empresariales que se relacionan a continuación:
Talleres mecánicos.
Servicios fotográficos.
Copisterías y artes gráficas.
Servicios de reparaciones.
Agencias de viajes detallistas.
Tintorería y lavanderías.
Peluquería y salones de estética y belleza.
Bares y restaurantes.
Servicios de comer preparado y catering.
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar el premio
Plazos
Del 14/04/2025 al 30/06/2025Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Es necesario que se identifique al enviar el formulario con el idCATMóvil o un certificado digital admitido.
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Segundo paso
Rebre resposta de l'Administració
Los premios se otorgarán por resolución del/de la consejero/a competente en materia de Comercio a propuesta del jurado, y se entregarán a las entidades galardonadas en un acto público. Esta [...]
Los premios se otorgarán por resolución del/de la consejero/a competente en materia de Comercio a propuesta del jurado, y se entregarán a las entidades galardonadas en un acto público. Esta resolución se notificará a los interesados mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación; o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente.