¿Qué tienes que saber?
La Ley 17/2014, de 23 de diciembre, de representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, establece que la representatividad de las organizaciones agrarias se determina mediante un proceso electoral entre las personas que tienen la condición de electores de acuerdo con lo dispuesto la misma ley, y que el departamento competente en materia de agricultura y ganadería, por orden del consejero o consejera, convocará elecciones, cada cinco años, para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias.
Al enviar el formulario tiene que identificarse con un certificado digital de persona física, de persona vinculada o de representación.
Se pueden presentar a las elecciones:
- Organizaciones profesionales agrarias: las organizaciones legalmente constituidas que tienen entre sus finalidades estatutarias la defensa de los intereses generales de la agricultura, que incluyen las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas, así como la defensa y la promoción de los intereses profesionales, económicos y sociales de los agricultores , ganaderos y silvicultores. También se consideran organizaciones profesionales agrarias las coaliciones de organizaciones agrarias y la integración de organizaciones en otra de ámbito catalán, aunque cada una de ellas conserve su denominación originaria.
- Coalición de organizaciones profesionales agrarias: la unión de organizaciones de carácter general para presentarse a las elecciones formando una sola candidatura.
- Agrupaciones independientes: las agrupaciones avaladas al menos por el 10% de los electores.
Las candidaturas deben presentarse ante la Junta Electoral en el plazo de diez días de la fecha del anuncio de la convocatoria de las elecciones.
La documentación que acredite que se cumplen los requisitos que se indican en el apartado siguiente.
Las organizaciones profesionales agrarias, coaliciones y agrupaciones independientes que deseen presentarse a las elecciones deben acreditar con la candidatura (artículo 13 de la Ley 17/2014, de 23 de diciembre):
- La inscripción en el registro público competente.
- Los estatutos de la organización.
- Los acuerdos de integración de coalición con otras organizaciones agrarias, en su caso.
- El nombre del responsable de la candidatura y la dirección a efectos de las notificaciones, que se pueden hacer por correo electrónico.
Pasos a realizar
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Primer paso
Presentar candidatura
Al enviar el formulario tiene que identificarse con el idCATMòbil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe de la Administración?Las candidaturas presentadas que se hayan proclamado admitidas se publicarán en la web del departamento competente en materia de agricultura y ganadería.
¿Qué respuesta se recibe de la Administración?
Las candidaturas presentadas que se hayan proclamado admitidas se publicarán en la web del departamento competente en materia de agricultura y ganadería. -
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Área Privada (con idCAT Móvil / o certificado digital), si es un particular.
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF).
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI / NIF).
- En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si es un particular.