¿Qué tienes que saber?
Ayuda económica temporal y de derecho subjetivo para atender a los gastos de mantenimiento de un menor en situación de riesgo, siempre que se haya formalizado el compromiso socioeducativo correspondiente.
A las personas que tienen la guarda de un menor que ha sido valorado en situación de riesgo y que han formalizado el compromiso socioeducativo correspondiente.
Puedes solicitar la prestación cuando hayas firmado el compromiso socioeducativo.
- Libro de familia en el que conste el menor, o partida de nacimiento si ha nacido fuera del estado español.
- Certificado de calificación de la discapacidad, sólo si la persona ha sido calificada en una comunidad autónoma diferente en Catalumya.
- Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalitat de Catalunya a acreedores particulares, debidamente firmada y sellada por la entidad bancaria y firmada por la misma persona que presenta la solicitud.
Si la fecha de presentación de la solicitud coincida con el período de presentación de la declaración de renta, y hasta el 30 de julio del año en curso, y siempre que hayas hecho la declaración correspondiente, podrás presentar una fotocopia de I IRPF para que los datos consultados sean los del último ejercicio.
No será necesario aportar el DNI/NIF/NIE de la persona solicitante ni de la persona menor de edad (de acuerdo con el artículo 163 de la Ley 5/2020, de 29 de abril de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público).
Requisitos genéricos
- El menor de edad debe estar en situación de riesgo.
- Debe haberse firmado el compromiso socioeducativo correspondiente.
Requisitos específicos
La unidad familiar debe tener ingresos iguales o inferiores al indicador de renta de suficiencia. Este límite de ingresos aumenta un 30% por cada miembro adicional de la unidad familiar a partir del segundo.
No tienes que pagar tasas para este trámite.
La cuantía mensual de la prestación es de:
- 326 euros para menores de edad de 0 a 9 años.
- 362 euros para menores de edad de 10 a 14 años.
- 393 euros para menores de edad de 15 a 18 años.
Si la fecha de presentación de la solicitud coincida con el período de presentación de la declaración de renta, y hasta el 30 de julio del año en curso, y siempre que hayas hecho la declaración correspondiente, podrás presentar una fotocopia de I IRPF para que se consulten los datos del último ejercicio.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Los formularios de solicitud han sido financiados por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
En tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Si no recibes respuesta en este plazo, puedes considerar que hemos desestimado tu solicitud.
¿Puedo presentar un recurso?
Sí, puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación oa partir del día siguiente a aquél en que se entiende desestimada por falta de notificación expresa.