¿Qué tienes que saber?
Deben inscribirse en en Directorio los operadores comerciales de ganado que comercialicen con animales vivos y que no dispongan de instalaciones de alojamiento de animales, los distribuidores de material genético, las empresas integradoras y las asociaciones de ganaderos, las organizaciones de cría y las empresas privadas de reproductores porcinos híbridos.
Los autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del les autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe realizar la tramitación de inscripción o alta en el Directorio de operadores en el sector de la ganadería (DOR) de forma presencial.
Una vez inscritas en el DOR, la gestión y actualización de datos la ha de realizar por internet mediante el Sistema de Gestión Telemática Ganadera (GTR). La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A los operadores comerciales de ganado que comercialicen con animales vivos y que no dispongan de instalaciones de alojamiento de animales, a los distribuidores de material genético, las empresas integradoras y las asociaciones de ganaderos, organizaciones de cría y empresas privadas de reproductores porcinos híbridos.
Se puede solicitar en cualquier momento, siempre que se haga antes de empezar la actividad, llevar a cabo la modificación o cesar la actividad.
Adjunto a este impreso, la documentación a presentar es la siguiente:
- Copia del DNI/NIF/NIE del titular y de la persona representante. Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar al Departamento para obtenerla.
- En el caso de empresa integradora, la Declaración responsable de la relación de explotaciones integradas (modelo A0923-DO10).
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- En su caso, la acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.
- En su caso, la copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas, se verificará de oficio.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El Registro de Operadores Comerciales de Ganado se estructura en dos secciones:
- Sección primera: operadores comerciales de ganado sin instalaciones.
- Sección segunda: operadores comerciales de ganado con instalaciones.
Las instalaciones de un operador comercial pueden ser una explotación ganadera registrada como instalaciones de un comerciante o un centro de concentración. Estas se tienen que ajustar a las condiciones establecidas en en el Decreto 47/2012.
Las autorizaciones de los operadores comerciales con instalaciones son de duración indefinida.
Pasos a realizar
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Primer paso
Inscribirse
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe tramitar por internet la solicitud correspondiente mediante el Sistema de Gestión Telemática Ganadera (GTR).
Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de persona física.
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Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?La comunicación previa de inicio de actividad comporta la inscripción de oficio en el directorio de operadores en el sector de la ganadería. La oficina receptora de la [...]
¿Qué respuesta se recibe?
La comunicación previa de inicio de actividad comporta la inscripción de oficio en el directorio de operadores en el sector de la ganadería. La oficina receptora de la comunicación entregará el documento que acredita la inscripción.
En el caso de comunicación de baja o de modificación de datos, el mismo documento de comunicación acredita la realización del trámite.