¿Qué tienes que saber?
Cualificación de viviendas con protección oficial de precio limitado que hayan accedido a los préstamos del Fondo Público de Emancipación otorgados por el Instituto Catalán de Finanzas.
Personas físicas que tengan entre 18 y 35 años que hayan accedido a su primera vivienda en propiedad con préstamo del Fondo Público de Emancipación.
Se puede solicitar desde el 30 de junio de 2025 hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria asignada al Fondo público de emancipación.
- Documento acreditativo de la titularidad de las viviendas y de la insistencia de cargas y gravámenes que impidan su uso.
- Número de identificación de la cédula de habitabilidad.
Las viviendas tendrán que dar cumplimiento a que determina la base reguladora 4.3 de la Resolución TER/2245/2025 de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para el acceso a ayudas en forma de préstamos, del “Fondo Público de Emancipación” para facilitar el acceso a la primera vivienda en propiedad a personas jóvenes.
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 30/06/2025 -
Segundo paso
Respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
El plazo máximo para dictar la resolución será de un mes a partir del día siguiente de la fecha de presentación de las solicitudes.
¿Cómo y qué respuesta se recibe?
Las notificaciones de las resoluciones a las personas interesadas se realizarán electrónicamente, mediante comparecencia de las personas interesadas en la sede electrónica de la Administración de la Generalidad de Cataluña, mediante la herramienta e-Notum.
¿Se puede presentar recurso/reclamación?
Contra la resolución se puede interponer recurso de alzada delante de la persona titular de la Dirección de Promoción de la Vivienda, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente de la notificación.